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Revisan los cuestionamientos contra el DNU de Javier Milei

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Toda la atención está centrada en la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que debe decidir si convalida los rechazos a los amparos o a las cautelares que firmó el juez Enrique Lavié Pico.
Luciana Bertoia

Por Luciana Bertoia

Toda la atención vuelve a estar centrada en la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que tiene para resolver tres planteos claves contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con el que Javier Milei pretende sentar las nuevas bases de la economía argentina. Ese tribunal debe revisar los cuestionamientos que hicieron el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Observatorio por el Derecho a la Ciudad y el expresidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) Jorge Rizzo.

Todo lo que llegó a la Cámara en las últimas horas fueron rechazos que firmó Enrique Lavié Pico, el juez que atendió los asuntos de feria en el fuero contencioso. En el caso del CELS, Lavié Pico denegó una cautelar que había pedido el organismo de derechos humanos con la intención de frenar el DNU en su totalidad.

La Cámara le pidió opinión al fiscal antes de adentrarse a revisar los planteos del CELS, que, entre otras cosas, marcó que el juez de grado ni siquiera se detuvo en el planteo de que el Poder Ejecutivo había invadido las competencias del Poder Legislativo con el megadecreto que firmó el 20 de diciembre pasado.

El tribunal de apelaciones también tiene los recursos que presentaron, por un lado, Rizzo y, por otro, el Observatorio, el economista Claudio Lozano, la CTA Autónoma y la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) después de que Lavié Pico rechazara la acción de amparo que habían intentado contra el DNU. En ambos casos, el juez les había dicho que no estaban legitimados para actuar y que no había un caso o una controversia

Para Rizzo –referente de la agrupación de abogados Gente de Derecho (GDD)–, Lavié Pico respondió con formalismo ante un avasallamiento de la Constitución. El expresidente del CPACF sostiene que el DNU violó el principio de división de poderes y la prohibición de legislar que pesa sobre el Poder Ejecutivo.

“El fallo del juez Lavié Pico, por ende, es arbitrario, inconstitucional y nulo de nulidad absoluta e insanable”, remarcó Rizzo en su apelación. El abogado buscó desvirtuar –con un ejemplo gráfico– la decisión del juez de que únicamente puede accionar contra el DNU alguien que es directamente damnificado por una de sus disposiciones. Dijo que si llegara un mesiánico a la presidencia y reimplantara el sistema esclavista, con esa interpretación, solo podrían recurrir a los tribunales los esclavos –que fueron desprovistos de todos sus derechos– y, por ende, nadie podría oponerse.

En los expedientes del Observatorio y de Rizzo, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal –con la firma del camarista Sergio Fernández– corrió traslado al Ejecutivo para que responda a los planteos. El Gobierno tiene 48 horas para responder a los cuestionamientos. Posiblemente insista con la falta de legitimación para actuar o la ausencia de un caso o controversia.

Tanto Rizzo como el Observatorio ya avisaron que presentarán en los próximos días un per saltum para llevar el tema rápidamente hacia la Corte. El máximo tribunal se abocará a estudiar los planteos contra el DNU a partir de la semana próxima, cuando se reanude la actividad en los tribunales después de la feria de enero.

En la Corte está la impugnación que presentó el gobierno provincial de La Rioja con el patrocinio del excortesano Raúl Zaffaroni y el constitucionalista Gustavo Ferreyra. También el gobierno de Milei llevó ante el alto tribunal la cautelar que consiguió la CGT con la que logró frenar el capítulo IV (la reforma laboral) del DNU.

En paralelo, hay otro planteo que aún espera resolución en la primera instancia del fuero contencioso administrativo. Es la acción declarativa de inconstitucionalidad que planteó el constitucionalista Andrés Gil Domínguez. En las últimas horas, el experto hizo una nueva presentación en la causa con la que buscó mostrar que su cuestionamiento es distinto a los amparos o cautelares que rechazó en los últimos días Lavié Pico, diciendo que no había un caso.

“La clásica categoría del caso o controversia no puede derivar en el absurdo de impedir el control judicial que verifique la existencia de la nulidad constitucional absoluta e insanable de un DNU respecto de los requisitos de habilitación constitucional previstos por el artículo 99 inciso 3 de la Constitución”, escribió. Ese apartado de la Carta Magna establece cuándo el Poder Ejecutivo puede dictar decretos y cómo es el proceso de revisión legislativa, que incluye el examen de una Comisión Bicameral –que La Libertad Avanza (LLA) nunca terminó de conformar y gracias a esa demora se extinguió el plazo para que dictaminara–. Por la falta de actuación de la Bicameral, Unión por la Patria pidió que se convoque al Senado el 1 de febrero próximo para intentar rechazar en la Cámara alta el megadecreto.


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El oficialismo logró aprobar el corazón de la ley ómnibus: privatizaciones y facultades

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Con modificaciones sugeridas por el bloque de Pichetto, el oficialismo le garantizó a Milei la facultad para disolver, fusionar y modificar organismos públicos

Martín Menem aceleró a fondo en el tratamiento en particular de los capítulos de la ley ómnibus, sin conceder la discusión de los artículos clave por separado, y logró que los diputados aprobaran con 135 votos a favor la reforma del Estado. En ese tramo, estaban contemplados los artículos 2, 3, 4, 5 y 6, cuyo nudo más problemático era el de la supresión o desmantelamiento de los organismos públicos.

En ese contexto, los legisladores Maximiliano Ferraro, por la Coalición Cívica, y el cordobés Juan Brugge introdujeron modiciaciones al artículo 3, ampliando la lista de organismos públicos exceptuados y retocando la redacción para conseguir más consenso.

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La radical Carla Carrizo pidió la palabra para sugerir cambios, como condición de su acompañamiento y el de un sector de la UCR, pero el libertario Santiago Santurio se negó a aceptarlos.

Myriam Bregman, por su parte, pidió que se retirase el artículo. «Me parece que es una barbaridad lo que quieren votar, pedimos que se retire y que la votación sea nominal», planteó.

El oficialismo logró aprobar el corazón de la ley ómnibus: privatizaciones y facultades

Antes de la votación, una legisladora radical le dijo a LPO que la mayoría de su bancada estaba a favor de la disolución o fusión de organismos estatales, más allá de los debates y la pelea por incorporar entes a una lista de excepciones que las mantenga al margen de las facultades otorgadas al Javier Milei con ese artículo en materia administrativa. «La mayoría está para votarlo aunque hay diversidad en el bloque y habrá distintos votos», indicó, y agregó: «al gobierno le va alcanzar con los votos que aporte la UCR».

A continuación, se puso en tratamiento el capítulo 2, que contenía las privatizaciones e integración pública y privada de 11 empresas. Ese tramo cosechó 138 voluntades a favor y 111 rechazos.

Entre las firmas sujetas a privatización figuran Aerolíneas Argentinas, Enarsa, Intercargo, Radio y Televisión Argentina, AySA, Correo Argentino, Belgrano Cargas, Corredores Viales y Trenes Argentinos (Sofse). Además, se validó la integración mixta para Yacimientos Carboníferos Río Turbio y Nucleoeléctrica SA.


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