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RIO TURBIO

Le llegó el telegrama para ser autoridad de mesa y se excusó por no tener la segunda dosis de vacuna

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A dos días del 12 de septiembre, se generaron algunas sobre qué hacer en caso de ser seleccionado  como autoridad de mesa.

De acuerdo a la Cámara Nacional Electoral (CNE), pueden constituirse en este rol los ciudadanos  elegidos azarosamente por la Justicia Electoral, o bien aquellos que por propia voluntad decidan hacerlo. En caso de ser elegido, hay maneras de excusarse en caso de no poder participar.

De acuerdo a la CNE, sólo se consideran como elementos restrictivos de participación «razones de enfermedad» o bien de «fuerza mayor debidamente justificadas». Esta excusación debe formularse dentro de los tres días después de recibir el telegrama de designación.

Tomando en cuenta este párrafo  es que, un vecino de de Rio Turbio, se presentó en la dependencia policial de la localidad, realizar una exposición policial del porque, siendo  seleccionado  como autoridad de mesa no podría presentarse

En su exposición, exteriorizó lo que venimos contando en estas páginas, en relación con las segundas dosis de las vacunas Sputnik V y quienes se encuentran hace más de 100 días a la espera de recibirlas.

El vecino de Rio Turbio, realizó su descargo, explicitando que el 12 de septiembre no se presentaría como presidente  en el Colegio Santa Bárbara por dos motivos: el primero es no tener la segunda dosis de vacuna Sputnik y el segundo que el día lunes debería presentarse a trabajar en dicha institución. De igual manera fue informado en la Secretaria Electoral de Santa Cruz.

En su perfil de las redes sociales aconseja: “Si estas en la misma situación hacelo, tu vida no tiene precio”


RIO TURBIO

Rio Turbio: vehículos abandonados en espacios públicos

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Desde el municipio local solicitan a través de una circular que deberán retirar de espacios públicos rodados abandonados, sito en Barrio Los Ñires calle 28 de Noviembre, entre 9 de Julio y Comodoro Py.

Por medio de la presente, se informa que los vehículos identificado como abandonado en el espacio público deberá ser retirado en un plazo perentorio de 5 (cinco) días a partir de la fecha de notificación de este comunicado.

En caso de no cumplirse con el retiro dentro del plazo estipulado, se procederá a la retención del rodado conforme a lo establecido en la Ley de Tránsito N° 24.449, Artículo 72, Inciso C5.

Se solicita a los propietarios tomar las medidas necesarias para evitar la aplicación de sanciones adicionales.


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