PROVINCIALES
Contacto estrecho: Cuáles son los aspectos a tener en cuenta a partir de ahora

En un encuentro con las autoridades de Salud de la Nación y las provincias se definieron algunas cuestiones referidas a los contactos estrechos de casos positivos.

El Gobierno de Santa Cruz a través del Ministerio de Salud y Ambiente informa que en la última reunión del Consejo Federal de Salud que congregó a las veinticuatro jurisdicciones, se dieron a conocer distintas novedades entre las que se destaca que una nueva disposición en relación a los contactos estrechos de un caso positivo de COVID – 19.
Durante el encuentro de las autoridades de salud de Nación y las distintas provincias, se resolvió que aquellas personas que sean “contacto estrecho” de un caso positivo de COVID-19, y presenten síntomas, no deberán testearse, al igual que los que no presentan síntomas pero fueron contacto estrecho: tendrán que cumplir con el “aislamiento preventivo” de cinco días para los vacunados y de siete días para los que no estén vacunados o tengan solo una dosis aplicada al ser considerados casos positivos por criterio epidemiológico. Asimismo deberán avisar a sus contactos estrechos de los últimos tres días para que se aíslen igualmente.
Es importante resaltar que la decisión se originó a partir del gran aumento de casos de coronavirus en los últimos días en las distintas provincias, incluida Santa Cruz.
PROVINCIALES
Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.
La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.
Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.
La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:
“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.
La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.
Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:
“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.
La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.
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