SOCIEDAD
La inflación de septiembre llegó al 3,5% y acumula un 37% en lo que va del 2021

Según datos oficiales del INDEC, la inflación volvió a subir y logró romper la barrera del 3%. La variación interanual continua incrementando y actualmente es del 52,5%.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), publicó hoy por la tarde el informe de los aumentos en los precios de los productos en Argentina. El Índice de Precios al Consumidor marcó una inflación del 3,5% para el mes de septiembre, una cifra mayor a la de agosto que marcaba 2,5% de aumento.
El INDEC lo informó a través del estudio que realizan mes a mes sobre la suba de los precios. A través de Twitter, el organismo estableció una serie de datos principales para entender las estadísticas que se utilizaron para el análisis. “Gran Buenos Aires fue la región de mayor aumento mensual (3,8%); y Noreste, la de menor (2,8%)”, redactó el perfil de la institución pública.
En el desglose de la información se puede comprender que los alimentos y bebidas no alcohólicas, fueron la principal categoría con mayor incidencia de cambio mensual en todas las regiones de Argentina. Dicho incremento se vio reflejado en las frutas; verduras, tubérculos y legumbres; así como en azucares, dulces, chocolate y golosinas.
La división de mayor incremento del mes de septiembre a nivel país, fue en las prendas de vestir y calzado (con una suba del 6%), seguida por las bebidas alcohólicas y tabaco (5,9%), y en tercer lugar aparece la salud (4,3%) con el aumento de las prepagas. En el informe se esclarece que las dos divisiones de menor aumento en septiembre se dieron en los bienes y servicios varios (2,2%) y en lo relacionado a la vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (1,9%).
La inflación en lo que va del año 2020 es del 32% y se prevé que sobrepase el 40%. “La previsión de una inflación anual del 33% (para 2022) parece difícil de cumplir, máxime teniendo en cuenta que 2021 concluiría con una variación anual de precios en torno al 50%”, comentó el director del Centro de Estudios de la Nueva Economía (CENE) de la Universidad de Belgrano, Víctor Beker.
En resumen el aumento fue del 2,9% en alimentos, del 5,9% en vestimenta, del 4,3% en salud, del 3% en transporte, del 3,8% en recreación y cultura y del 4,1% en restaurantes, según datos oficiales del INDEC
RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
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