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FMI y las potencias capitalistas

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El gobierno argentino ha llegado a un entendimiento con el FMI por la deuda contraída durante la gestión de Mauricio Macri, que deberá ser aprobado por el Parlamento nacional y el directorio del Fondo.

Es ya muy conocido y aceptado que la deuda no solo es odiosa, que los dólares, así como ingresaron mayoritariamente se fugaron, pero además es impagable en los términos contratados por el gobierno de Cambiemos. Más allá de los debates y opiniones sobre la viabilidad del sendero que acordó el Gobierno para salir de este catastrófico préstamo heredado, resulta imprescindible reiterar cuál es el verdadero rol del FMI. Es muy básico recalcar que ni se abuenó, ni mutó a un lugar más diabólico. En esencia es el mismo de siempre, aunque puedan surgir matices entre un gobierno estadounidense y otro. Desde su creación a fines de 1945, ha sido consecuente en el incumplimiento de sus objetivos fundacionales: “promover la cooperación internacional, garantizar la estabilidad financiera, promover el empleo y reducir la pobreza”.

En la realidad, lleva 70 años siendo utilizado como un instrumento de política exterior de Estados Unidos, con los consecuentes estragos para la vida social de los pueblos y sin trepidar en avalar dictaduras violentando los sistemas democráticos. En suma, con el endeudamiento como ariete, ha sido un dispositivo de dominio imponiendo sus sagradas “reformas estructurales”, que no son otra cosa que un reglamento neocolonial al que los países deben allanarse.

Ciertamente el entendimiento con el FMI, según lo informado, tiene una particularidad innegable: el organismo aceptó no imponer, como lo hizo en todos los acuerdos que tuvo con nuestro país y con el resto de las naciones a las que le otorgó créditos, una reforma laboral para precarizar el trabajo, una reforma previsional para bajar jubilaciones, recortes en áreas sensibles como educación, salud, ciencia y tecnología, privatización de empresas públicas, cesantías masivas en el estado, ajuste tarifario arangurista, etc. Es decir, que en lo esencial no se incorporan las clásicas condicionalidades como contrapartida de los desembolsos. Los controles trimestrales que tendríamos que soportar se remitirán a la reducción del déficit fiscal, la emisión monetaria y las reservas. Cierto es que la meta del déficit será un instrumento de presión política en dirección a sus objetivos permanentes.

En esta problemática, el gobierno apuesta a que tal reducción se resuelva vía crecimiento económico y la progresividad en la recaudación impositiva. En esta cuestión crucial, mantenemos nuestra visión de siempre: el crecimiento es una condición esencial, pero sólo con crecer no mejora la actividad productiva ni la vida del pueblo. Se debe redistribuir y sobre esa base se podrá ir abordando la cuestión más trascendente: la deuda interna social con 19.5 millones de pobres y clases medias que redujeron su nivel de vida y sus expectativas de superación.

Hay sectores que ante esta grave encrucijada que el país debe afrontar, se inclinan por no pagar, o sea defaultear. Esa postura se sustenta en la idea de que las eventuales represalias son un mito. Algunos agregan que hubiera sido oportuno haber recurrido a las Naciones Unidas u otros tribunales internacionales. Estas apelaciones políticas-jurídicas implicarían inevitablemente también la determinación de no pagar, mientras en el largo plazo se tramitan esas iniciativas. A esta altura deberíamos plantearnos un interrogante político imprescindible: ¿Resulta lógico pensar que las grandes potencias capitalistas, comenzando por EE. UU aceptarán pasivamente que un país decida revelarse contra el FMI, rechazando su deuda con todos ellos, y no tomarían represalias ejemplificadoras? ¿Acaso EE. UU es en esencia menos hostil y agresivo que sus anteriores gobiernos? ¿Sus actitudes en política exterior son más pacíficas por el hecho de estar atravesando un retroceso con el eje China-Rusia, y la pérdida de su legitimidad como líder y símbolo de las democracias occidentales? ¿Se conmoverán porque el Fondo transgredió su propio estatuto para cumplir con lo decidido por Donald Trump y porque también se violó la norma de no prestar para la fuga? Bien, todo indica que no sería ese el escenario. Y en consecuencia nos enfrentaríamos a los ya consabidos ataques de mercado con un impacto en el valor del dólar, el descontrol de precios y un rebrote en la caída del salario, posibles restricciones en el comercio internacional para comprar y vender la producción y un sinfín de etcéteras que se podrían imaginar para la vida de nuestro pueblo.

A esta altura se nos plantea un interesante interrogante acerca de la conducta política de la derecha porteña ya que el jefe de Gobierno, se encuentra en plena campaña para construir su candidatura presidencial. ¿Qué hubiera hecho si tuviera que acordar con el FMI?: Públicamente exigió “un plan económico”, es decir un ajuste en la misma sintonía reclamada por el embajador norteamericano, Mark Stanley. Pero además el jefe de Gobierno afirmó también que era necesaria una reforma laboral y que se debía reemplazar el sistema actual de indemnizaciones por un esquema de seguros, muy parecido al intento del ex Ministro Jorge Triaca.

Esta conducta política también es coherente con otro elemento determinante del gobierno en la CABA: su sociedad con los negocios de los grandes grupos económicos como Mercado Libre, IRSA, Roggio y otros monopolios de la construcción en detrimento de la calidad de vida de la ciudadanía.

Todo indica que la disputa por el rumbo de la política económica-social continuará e inclusive se acentuará. Por lo tanto, surge más claro que nunca que el destino del gobierno popular se deberá sustentar en el crecimiento del apoyo de la ciudadanía, e incorporar en la previsible post pandemia el determinante factor político de la movilización y la participación popular en todos los estratos y niveles de la sociedad. Sobre esa base habrá perspectivas de triunfo para el 2023 acompañando el proceso continental de crecimiento de nuevos gobiernos democráticos, populares, de izquierda y latinoamericanistas.

Por Juan Carlos Junio


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La Corte Suprema rechazó dos planteos contra el mega DNU de Milei

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Se trata de las presentaciones realizadas por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, y el abogado Jorge Rizzo. El máximo tribunal entendió que no había “caso concreto”, “causa” o “controversia” en los planteos.

La Corte Suprema de Justicia rechazó por unanimidad los planteos del gobernador de la provincia de La Rioja, Ricardo Quintela, y de la Asociación Civil Gente de Derecho contra el mega DNU 70/23 dictado por Javier Milei para desregular la economía y desguazar el Estado. Según los jueces supremos, en ninguna de las presentaciones había un “caso concreto”, “causa” o “controversia”, sino una objeción general y abstracta a la norma. Así, el máximo tribunal le dio una buena noticia al Poder Ejecutivo, que ya había recibido el rechazo del Senado a un decreto que continúa vigente mientras no se expida también en su contra la Cámara de Diputados. La decisión de la Corte se produjo en momentos en que Milei avanza con su intención de nombrar nuevos jueces en el máximo tribunal: el Presidente impulsa las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla.

Con observaciones diferentes en los expedientes iniciados por Quintela y por el abogado Jorge Rizzo en representación de ACGD, los cuatro jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti entendieron que no había un «caso» para tratar, ante la invocación genérica de representatividad y la objeción sin que se apuntara a un hecho concreto.

«La discusión sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las leyes y, en general, de los actos de las otras dos ramas de gobierno no es por sí misma una cuestión sobre la que deban opinar los tribunales nacionales«, sostuvieron los magistrados.

«Sólo deben hacerlo –estimaron– cuando es necesario examinar el tema para decidir una causa que verse sobre puntos regidos por la Constitución, los tratados y las leyes nacionales, a requerimiento de parte interesada».

La consecuencia directa e inmediata de la resolución es que el DNU 70 mantiene su vigencia con excepción de los capítulos que fueron expresamente suspendidos por otros tribunales judiciales, como la reforma laboral, la derogación de la Ley de Tierras y de la ley del Instituto de la Yerba Mate. Sobre esos puntos, la Corte deberá eventualmente pronunciarse, según avancen los expedientes.

Sobre el planteo de Quintela

En el caso de la presentación de Quintela, la Corte entendió que “la provincia de La Rioja no ha puesto a consideración del Tribunal una causa, asunto o caso contencioso cuya decisión corresponda a los tribunales de la Nación de conformidad con los artículos 116º y 117º de la Constitución y 2° de la ley 27″. Quintela había pedido que la Corte Suprema declarara si el mega decreto era o no constitucional en su conjunto.

La presentación de Quintela, con el patrocino del ex juez de la Corte Raúl Zaffaroni, se produjo días después de la firma del DNU y consistió en el pedido de una acción declarativa de certeza sobre la inconstitucionalidad del decreto. El planteo del gobernador riojano sostenía que el DNU produce perjuicios irreparables a la ciudadanía por resultar contrario a decenas de artículos de la Constitución y al artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). 

El objetivo de Quintela, en la presentación hecha a fines de diciembre y que la Corte demoró casi cuatro meses en tratar, era el dictado de una medida cautelar que dispusiera la suspensión total de los efectos del Decreto 70/2023 y que ordenara al Poder Ejecutivo de la Nación no aplicar ninguna de sus disposiciones hasta que se resolviera definitivamente la causa.

Pero los cortesanos entendieron que «el control encomendado a la Justicia sobre las actividades ejecutiva y legislativa requiere inexorablemente de la existencia de un ‘caso’ donde se debata la determinación de un derecho entre partes adversas, fundado en un interés específico, concreto y atribuible en forma determinada al litigante”, algo que, desde su perspectiva, no quedó plasmado en el planteo.

En la presentación de La Rioja -añadieron-, “la demanda no ha definido ningún interés propio de la provincia (como persona jurídica diferenciada de sus vecinos) que se encuentre afectado de manera actual y concreta”. Por eso, Rosatti, Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti rechazaron in limine la demanda.

El rechazo a Rizzo

El planteo de Rizzo por la Asociación Civil Gente de Derecho llegó al máximo tribunal a través de un per saltum, luego de que en otras instancias judiciales rechazaran su pedido de una medida cautelar. Quien había rechazado la demanda en primera instancia fue el juez Enrique Lavié Pico, con un argumento coincidente con el que ahora usó el máximo tribunal: que el demandante no estaba legitimado para actuar y que no había un caso o una controversia efectiva.

La apelación de Rizzo fue objetada con razones similares por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. El abogado presentó un recurso extraordinario y, ante una nueva denegación, fue en queja ante la Corte. Sostuvo que el DNU violó el principio de división de poderes y la prohibición de legislar que pesa sobre el Poder Ejecutivo; y que los rechazos a su demanda respondían con formalismos ante un avasallamiento de la Constitución.

Los supremos fallaron que «el recurso extraordinario ha sido bien denegado”, pues “no rebate los argumentos de la sentencia de cámara”. Para la Corte, ni Rizzo «personalmente, ni la asociación que preside, poseen un interés concreto o sustancial en la declaración de inconstitucionalidad del DNU».


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