El Tribunal Superior de Justicia ordenó revisar el estado de dos causas penales en Caleta Olivia

La decisión alcanza a los expedientes vinculados con la desaparición y muerte de Mario García y con la investigación por la muerte de Alejandro Palemarchuk. El máximo órgano judicial provincial dispuso un relevamiento para conocer el estado de ambos procesos y detectar posibles demoras o cuestiones pendientes.
Info. General02/09/2026Patagonia NexoPatagonia Nexo

tribunal de justicia

El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz (TSJ) dispuso un relevamiento sobre el estado procesal de dos causas penales de especial complejidad que tramitan en Caleta Olivia, a partir de planteos realizados por familiares de las personas involucradas en las investigaciones.

La medida fue formalizada mediante una resolución fechada el 26 de agosto de 2026, en la que el máximo tribunal provincial ordenó al Juez de Recursos de la Segunda Circunscripción Judicial elaborar informes sobre ambos expedientes.

Uno de los procesos corresponde a la causa iniciada a partir de la presentación de Gissella Yamile Cruz, relacionada con la desaparición y muerte de su hermano, Mario García, expediente que se encuentra en trámite ante el Juzgado Provincial de Instrucción N.º 1 de Caleta Olivia.

El segundo expediente está vinculado con la investigación por la muerte de Alejandro Palemarchuk, otro proceso que, según consta en la resolución, presenta características de especial complejidad y respecto del cual la familia había manifestado públicamente su preocupación por el avance de la investigación.

Qué dispuso el máximo tribunal

La resolución establece que el juez correspondiente deberá realizar un relevamiento del estado procesal de ambos expedientes, con el objetivo de determinar cómo avanzaron las actuaciones y cuáles son las medidas que permanecen pendientes.

El informe deberá ser elevado al Tribunal Superior de Justicia en un plazo de 15 días a partir de la notificación de la resolución.

El TSJ explicó que este tipo de intervenciones forman parte de sus facultades de superintendencia y control sobre los organismos judiciales, particularmente cuando se trata de procesos que presentan un grado de complejidad significativo.

La finalidad, de acuerdo con los fundamentos del documento, es detectar eventuales paralizaciones, demoras o falencias en la tramitación de las investigaciones y contar con información que permita adoptar las medidas administrativas que correspondan.

Una intervención de carácter administrativo

El Tribunal Superior de Justicia aclaró que el procedimiento ordenado no implica una intervención sobre el contenido de las investigaciones ni una valoración sobre los hechos investigados.

La tarea encomendada al juez consiste específicamente en constatar el estado de los expedientes, verificar las diligencias pendientes y elaborar un informe detallado para conocimiento del máximo tribunal provincial.

La resolución también señala que esta modalidad busca preservar la imparcialidad del magistrado interviniente, evitando que el relevamiento administrativo implique anticipar opiniones sobre las responsabilidades penales que pudieran determinarse en cada causa.

El documento recuerda además que las facultades de control y superintendencia del Tribunal Superior de Justicia tienen entre sus objetivos garantizar un servicio judicial eficiente y evitar dilaciones irrazonables o injustificadas.

Los antecedentes de la medida

En el caso de la causa relacionada con Mario García, el TSJ tomó en consideración una presentación realizada por su hermana, Gissella Yamile Cruz, quien había planteado cuestionamientos respecto del trámite del expediente.

Según consta en la resolución, el 26 de junio de 2026 integrantes del Tribunal Superior de Justicia habían mantenido una audiencia con Cruz en Caleta Olivia. A partir de esa instancia se asumió el compromiso institucional de requerir, por la vía correspondiente, información administrativa sobre el expediente.

El mismo criterio fue aplicado al proceso por la muerte de Alejandro Palemarchuk, cuya familia también había expresado públicamente inquietudes relacionadas con el desarrollo de la investigación.

Con la nueva resolución, el Tribunal Superior de Justicia formalizó el pedido de información y estableció el procedimiento mediante el cual deberán ser relevados ambos expedientes.

La medida no modifica el curso de las investigaciones penales ni determina responsabilidades, sino que apunta a obtener información sobre su estado actual y verificar el desarrollo de las actuaciones judiciales.

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