
La Justicia declara inconstitucional el decreto 115/25 y respalda la lucha de los trabajadores de YCRT
Liliana Galimberti
En un fallo considerado histórico por el movimiento obrero, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala V, dictó sentencia definitiva en la causa iniciada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) contra el Decreto 115/25, declarando su inconstitucionalidad.
La resolución, firmada el 23 de septiembre de 2025, confirma lo resuelto en primera instancia y señala que el traspaso compulsivo del personal de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) a la sociedad Carboeléctrica Río Turbio S.A. vulnera derechos fundamentales garantizados por la Constitución Nacional, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Convención Americana de Derechos Humanos.
El tribunal subrayó que el decreto avanza de manera ilegítima contra convenios colectivos vigentes, atenta contra la estabilidad laboral y desconoce el principio de ultractividad, que protege los derechos conquistados por los trabajadores. “Ningún gobierno puede imponer retrocesos en derechos adquiridos ni condicionar la negociación colectiva a la caducidad de convenios”, remarca la sentencia.
Desde ATE Río Turbio celebraron el fallo como un triunfo de la organización y la resistencia obrera. “Este es un logro de los trabajadores y trabajadoras de YCRT, que una vez más demostramos que la unidad es el camino para defender la soberanía energética, las fuentes de trabajo y la dignidad de nuestras comunidades”, destacó Matías Delgado, secretario de ATE Río Turbio.
La decisión judicial sienta un precedente clave en defensa de los convenios colectivos y de la estabilidad del empleo público, dejando en claro que el carbón de Río Turbio no se negocia, sino que se defiende con organización y lucha.


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