INFO. GENERAL
Qué documentación hay que tener al día para salir a la ruta en el fin de semana largo

Se acerca el feriado XL del 25 de mayo y también es fundamental tener los elementos de seguridad requeridos para poder circular.
El fin semana largo XL del 25 de mayo está a la vuelta de la esquina y muchos turistas argentinos eligen al auto como medio de transporte para visitar los destinos que seleccionaron porque les da una mayor comodidad y movilidad, aunque muchos se olvidan de tener los papeles al día antes de salir a la ruta y eso puede llegar a convertirse en un problema.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) realizará durante es fin de semana extendido múltiples controles sobre las rutas argentinas y existe una documentación obligatoria que el conductor debe llevar consigo en al auto, además de los elementos de seguridad pertinentes.
La Dirección Nacional de los Registros dela Propiedad Automotor explica en su sitio Web cuál es la documentación necesaria para circular en forma tranquila y segura por las rutas de nuestro país
Licencia de conducir vigente y habilitan para el tipo de vehículo que se maneja
DNI (Documento Nacional de Identidad)
Cédula Verde vigente o Cédula Azul vigente en el caso de que la Verde esté vencida y quién maneja no sea el titular del auto
Ambas chapas patente colocadas en forma visible y sin alteraciones, en buen estado y en el lugar correspondiente
Oblea y certificado de la Revisión Técnica Obligatoria, grabado de autopartes y cristales (acorde a la legislación de la ciudad de radicación del vehículo)
Comprobante vigente de la póliza de seguro obligatoria (no hacen falta los recibos de pago)
Comprobante de pago de del impuesto a la radicación del vehículo (patente)
Sí el auto tiene GNC, comprobante y oblea vigente
Balizas portátiles
Matafuego con su carga vigente, fijo dentro del habitáculo y al alcance del conductor
No es obligatorio, pero sí recomendable llevar botiquín de primeros auxilios, chaleco de seguridad y crique con herramientas para cambiar un neumático
En el caso de que el automovilistas sea parado en un control de tránsito y no cuente con estos papeles al día, o muestre un certificado de trámite en proceso de alguno de ellos, puede recibir multas que penalizan con en base a Unidades Fijas (UF) que equivalen a medio litro de nafta del mejor octanaje.
Qué elementos de seguridad es obligatorio llevar en el auto
Cinturones de seguridad
Espejos retrovisores
Sillas para chicos (los bebés hasta niños de 10 años deben viajar deben viajar en un asiento especial homologado denominado sistema de retención infantil)
Balizas portátiles normalizadas
Patentes
Matafuegos
¿Qué ocurre con los controles de alcoholemia?
Los agentes de tránsito están facultados para hacer este tipo de pruebas e incluso es una de sus funciones específicas. Es importante recordar que la Ley de Tránsito prohíbe la conducción en estado intoxicación alcohólica o bajo los efectos de los estupefacientes.
El reciente 4 de mayo se promulgó a nivel nacional la Ley de “Alcohol Cero” al volante, por lo que transitar en estado de ebriedad por las rutas argentinas está prohibido y es una de las faltas más flagrantes que se pueden cometer. Las multas para este tipo de infracciones son muy costosas y además el auto debe ser remitido por la autoridad policial en caso de que ningún otro ocupante del vehículo, que se encuentre en optimas condiciones, pueda manejarlo
¿Pueden revisar el auto y las pertenencias en un control policial?
La Ley de Tránsito no explica de manera taxativa cuáles son los límites que un control de tránsito debe respetar, aunque hay cuestiones que se explican por analogía con respecto a otras leyes. Según destaca el abogado especialista en Seguridad Vial Matías González al sitio Segurarse: “Si en un control de tránsito se presume que puedo tener algo raro dentro del vehículo, el agente deberá llamar a la policía y a dos testigos, previa explicación de las razones por las cuales se va a revisar el vehículo”
INFO. GENERAL
Las 3 alternativas de la Corte Suprema para definir sobre Cristina Kirchner

Una a una, las principales opciones que tiene el máximo tribunal para definir el futuro de la expresidenta. El polémico artículo 280 y el pedido de uno de sus abogados.
La Corte Suprema de Justicia tiene tres alternativas para definir el futuro de Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad, donde se encuentra condenada a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. Mientras se acrecientan los rumores acerca de una inminente resolución y crece la presión mediática y política, uno de los abogados de la expresidenta y un exjuez de la Corte explicaron cómo es el mecanismo del máximo tribunal.
Se trata del expediente conocido popularmente como “Vialidad”, donde Cristina y otros exfuncionarios y empresarios fueron condenados en primera instancia, en un fallo ratificado por la Cámara de Casación Penal en 2024.
Para que quede firme, la Corte debería ratificar la condena o bien rechazar sin dar detalles el recurso extraordinario presentado por la defensa de Fernández de Kirchner. Otra alternativa es que haga lugar al planteo de la expresidenta para que revise el expediente, plagado de irregularidades e inconsistencias jurídicas, según ha denunciado durante años la exmandataria.
En caso de ratificar la sentencia, la líder del Partido Justicialista deberá cumplir la pena a seis años de cárcel y no podría postularse como candidata a legisladora bonaerense por la tercera sección electoral, como ha anunciado la semana pasada.
En declaraciones a la 750, uno de sus abogados, Marcos Aldazabal, afirmó que “con la Justicia federal siempre hay que analizar el contexto político de las decisiones” y señaló que en el caso Vialidad “ya de lo jurídico no queda prácticamente nada”. “Es puramente político; lo que está pasando no tiene nada que ver ni siquiera con los hechos de la causa Vialidad”.
El abogado —que no representa a CFK en la causa Vialidad, sino en la investigación por el atentado en su contra, ocurrido el 1º de septiembre de 2022— explicó que la Corte no tiene un plazo límite para resolver. “Lo que suele pasar es que los fallos suelen demorarse mucho tiempo, tanto los que tienen implicancias políticas como el resto, es muy inusual que un recurso de queja se resuelva tan rápido como se resolvería este”, remarcó en una entrevista con la AM 750.
Cristina Kirchner: las 3 alternativas de la Corte Suprema
Aplicar el artículo 280
Se trata de un artículo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que habilita a la Corte Suprema a rechazar un recurso extraordinario sin dictar fundamentos. Sólo al invocar ese artículo, si considera que el planteo carece de trascendencia, podría dejar firme la condena contra Cristina Kirchner.
“Le permite a la Corte definir que los casos que no tienen sustancia suficiente para ser revisado por ella, que es una Corte que solo actúa en casos excepcionales, no se mete. Esta es una herramienta que se usa mucho, porque hay una tendencia de recurrir muchas causas y es una carga de trabajo muy grande. (Aunque) en un caso de esta gravedad, por las irregularidades jurídicas y el impacto jurídico, que se aplique el 280 sería de una gravedad enorme”, afirmó el abogado.
Y agregó: “En un caso en el que se dirime la situación judicial de una persona que es una de las más representativas del país, que la Corte ni siquiera se expida y se ampare para no decir nada, sería muy grave”.
Abrir el recurso extraordinario
La Corte Suprema también podría hacer lugar al recurso extraordinario impulsado por Cristina u otras querellas, e incluso la Fiscalía. Así, el máximo tribunal podría devolver la causa a la Cámara de Casación, debido a que la Procuración exigió que la pena sea de 12 años de prisión y no de seis, según explicó el exjuez de la Corte Carlos Maqueda en declaraciones radiales este lunes.
Aceptar recursos impulsados por CFK
La tercera alternativa es que la Corte decida aceptar los recursos impulsados por Cristina Fernández de Kirchner, lo que le demandaría un estudio mucho más profundo, que además le demandaría mucho más tiempo, explicó Maqueda. Aldazabal, por su parte, afirmó: “La Corte puede expedirse y rechazar ambos recursos, o hacer lugar al recurso de la Fiscalía o hacer lugar a los recursos de las defensas. Lo rápido que sería es muy llamativo, inexplicable, como también me parecería muy grave que la Corte se ampare en el artículo 280”.
Finalmente, el abogado de la expresidenta recordó que la decisión de la Corte se enmarca en un contexto de persecución judicial y política sobre Cristina Fernández de Kirchner que comenzó hace más de una década. “Es una ofensiva de muchos años, no es un hecho aislado, sino que es una persecución impulsada por actores judiciales, políticos y mediáticos que viene de hace un montón de años, que siempre buscó concluir en esto”.
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