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Domingo 24 de Agosto del 2025

INFO. GENERAL

De penas y olvidos

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El pasado día viernes, durante mi intervención en el juicio oral de “Vialidad”, cuando mencioné los antecedentes jurisprudenciales del caso De la Rúa, sobre su responsabilidad en los trágicos sucesos que tuvieron lugar en nuestro país en los días 19 y 20 de diciembre del 2001 y que culminaron con el asesinato de varios ciudadanos argentinos, olvidé señalar algo muy importante.

No sólo De la Rúa resultó sobreseído por el juez Bonadío en la acusación por homicidio culposo -fallo confirmado por los camaristas Irurzun y Farah-, sino que además, los otros dos firmantes del decreto 1678 del 19 de diciembre de 2001, en el que se declaró el Estado de Sitio: el jefe de gabinete Chrystian Colombo y el ministro del Interior Ramón Mestre, ni siquiera resultaron acusados, pese a que el artículo 102 de la Constitución Nacional, establece la responsabilidad solidaria de los ministros sobre los decretos que firman. 

Tampoco se tuvieron en cuenta las responsabilidades que establece el artículo 100 de la Constitución Nacional para el Jefe de Gabinete, ambos funcionarios nunca fueron requeridos ni reprochados penalmente por los jueces de Comodoro Py.

Pero entonces ¿nadie fue condenado por la violencia que provocó tantos muertos en la plaza de Mayo y en el resto del país y que hizo colapsar la institucionalidad en la República Argentina?

El 23 de mayo de 2016 -15 años después- el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 6 dio a conocer la sentencia del juicio oral por la causa caratulada “Mathov, Enrique José y otros s/abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público”, en la que se investigan los hechos ocurridos el 20 de diciembre de 2001.

El tribunal, integrado por los jueces José Valentín Martínez Sobrino, Adrián Martín Grünberg y Rodrigo Giménez Uriburu (el jugador del Liverpool, equipo que integra con el fiscal Luciani), impuso para Enrique Mathov, ex secretario de Seguridad (organismo dependiente en ese entonces del Ministerio del Interior), 4 años y 9 meses de prisión y para Rubén Santos, ex jefe la Policía Federal, 4 años de cárcel.

En el proceso se investigaron los homicidios de Alberto Márquez, Gastón Riva, Carlos Almirón y Diego Lamagna y la tentativa de homicidio de Martín Galli y Paula Simonetti. También se investigan lesiones, en distinto grado, cometidas en perjuicio de 117 víctimas.

La sentencia fue apelada y el 2 de junio de 2020 – 19 años después- la Sala 1 de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Daniel Antonio Petrone, Diego Barroetaveña y Ángela Ledesma, confirmaron la sentencia y ordenaron devolver las actuaciones al tribunal de origen para que resuelva nuevamente sobre las penas impuestas.

El mismo Tribunal Oral Nº 6, ahora con la integración de dos nuevos jueces -Néstor Costabel y Sabrina Namer- ya que Rodrigo Giménez Uriburu, siguió formando parte del mismo, el 19 de mayo de 2021, redujo la sentencia contra los responsables de la represión de los días 19 y 20 de diciembre de 2001.

Luego de una reevaluación del monto de las penas ordenada por la Cámara Federal de Casación Penal, el tribunal redujo la condena de Enrique Mathov a cuatro años y tres meses de prisión. También redujo la pena del ex jefe de la Policía Federal Argentina Rubén Santos a tres años y seis meses.

Mathov, a quién le dictaron la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos sólo por el término de 8 años y 6 meses, fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo en perjuicio de Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón, y lesiones culposas en perjuicio de más de 20 víctimas.

Es de destacar que la Cámara de Casación solo debatió el monto de las penas. El objetivo de Casación era lograr penas excarcelables para los acusados.

El TOF 6 redujo las penas en función de la revisión propiciada por la Cámara de Casación Federal, que en su pronunciamiento había cuestionado que en la misma sentencia de juicio se había realizado una doble valoración del carácter de funcionarios públicos de los condenados, por lo cual se habría transgredido el principio llamado ne bis in ídem, es decir la garantía de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho.

Curiosamente, la misma Sala 1 de Casación, integrada por Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, es la que tiene Dos causas de Asociación Ilícita, (Memorándum y Hotesur-Los Sauces), que junto a la de Vialidad, que también calificaron como asociación ilícita, forman parte de las Cinco causas que en forma separada y con el mismo tipo penal se llevan adelante en mi contra o sea… Cinco veces juzgada por el mismo hecho, ¿qué nombre tendrá en latín?

Lo dicho el viernes en nuestro alegato: las garantías procesales de no ser juzgado Dos veces por el mismo hecho, y todas las demás, no aplican si sos peronista. Para el peronismo, Derecho Penal de autor. Para el resto, aunque sean delitos contra la vida ocurridos a metros de la Casa Rosada, a plena luz del día y transmitidos en vivo por todos los canales de televisión (nadie absolutamente nadie podía ignorar lo que pasaba) para ellos Derecho Penal liberal, con todas las garantías y principios del debido proceso.

P/D: En mayo 2022 -o sea 21 años después- la misma Sala I de Casación hizo lugar al recurso extraordinario de Mathov y Santos por lo que las penas por los homicidios en la represión del 19 y 20 de diciembre del 2001 se encuentran sin ejecución por no estar firmes.  


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Ricci destacó el espacio generado en e-commerceSUR: “Un evento maravilloso”

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La ministra de la Producción, Comercio e Industria, Nadia Ricci, subrayó el éxito de las jornadas de e-commerceSUR, que reunieron a bancos, empresas de logística, especialistas en ciberseguridad y referentes del sector privado. El evento tuvo una gran recepción por parte de comerciantes, emprendedores y pymes, y se proyecta replicar la experiencia en el norte provincial para ampliar la accesibilidad.

Durante el cierre de la actividad, que se desarrolló en el Centro Cultural Santa Cruz, Nadia Ricci en diálogo con la subsecretaría de Producción y Contenidos resaltó la importancia de los contenidos abordados durante las dos jornadas.

“Hoy estuvimos con la exposición de los bancos, con empresas de logística y sus plataformas de venta. También se sumó el Ministerio de Seguridad con el tema de ciberseguridad y el Consejo de Contadores con lo impositivo. Realmente todas herramientas que van a servir en este ecosistema del e-commerce para las pymes y emprendedores, que son los que más nos interesan en este momento”, explicó.

La ministra destacó que las jornadas no sólo aportaron capacitaciones sino también posibilitaron un espacio de intercambio directo con los expositores, ante ello indicó que “los comerciantes y emprendedores están muy felices. Han podido conversar con los especialistas en cada stand y esto les sirve para ver cómo mejorar o cómo incorporarse al e-commerce. La mayoría arranca publicando en redes sociales, pero la idea es que den el salto hacia plataformas que les brinden seguridad, con logística incluida, para que sus productos trasciendan incluso las fronteras de nuestra provincia”.

También la titular de la cartera Productiva felicitó a los integrantes de la secretaría de Comercio porque se han cumplido las expectativas y “todo fue maravilloso, la cantidad de preguntas e intercambio que se ha generado fue muy auspicioso”

Ricci también anunció que se trabaja en la posibilidad de repetir el evento en Caleta Olivia en octubre: “La idea es replicarlo en zona norte porque, más allá de la transmisión por streaming, la presencialidad genera un contacto distinto. Queremos que los emprendedores tengan acceso directo a estos actores de primer nivel, como los que participaron en Río Gallegos, entre ellos la Cámara Argentina de Comercio Electrónico, Mercado Libre, los bancos y las principales empresas logísticas”.

Finalmente, la funcionaria felicitó a la Secretaría de Estado de Comercio e Industria por la organización y destacó que el Gobierno Provincial seguirá promoviendo instancias de capacitación y articulación para fortalecer la economía digital en Santa Cruz.


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