RIO TURBIO
UNPA-UART : Programa de Mentorías de Vinculación: Becas para la Formación en el Campo Profesional/Laboral

El Proyecto se enmarca dentro del Programa de Mentorías de Vinculación que busca promover el desarrollo de capacidades y saberes relacionados con actividades y acciones que promuevan la interrelación con el medio social, económico y productivo.
Periodo de inscripción a la convocatoria: 14 de junio al 17 de junio de 2022, hasta las 14.00 hs.
Periodo de ejecución: 20 de junio hasta el 20 de septiembre de 2022.
Cantidad de becas: Doce total, tres por Sede Académica
Objeto de la convocatoria
El Proyecto se enmarca dentro del Programa de Mentorías de Vinculación que busca promover el desarrollo de capacidades y saberes relacionados con actividades y acciones que promuevan la interrelación con el medio social, económico y productivo.
Nos proponemos en proyecto de articulación con actores externos a la Universidad, sumar a alumnos a los equipos técnicos, a los fines de:
– Brindar experiencias en proyectos de vinculación
– Construir experiencia en la articular con otros actores del sistema universitario en el desarrollo de actividades para la vinculación
– Trabajar en la construcción de respuestas a demandas del medio social, económico y productivo
– Brindar formación y herramientas para el desarrollo de proyectos
– Sumar experiencias y capacitación en temas vinculados con el campo de la formación profesional.
Asignación de la beca
$15.000,00 (Pesos quince mil con 00/100) por mes.
Requisitos generales
– Solicitud de Inscripción a la Beca (Disponible para su descarga en https://www.unpa.edu.ar/…/uvt-becas-para-la-formacion…)
– CV actualizado
– Constancia de Alumno Regular – Constancia de aprobación de materias específicas mencionadas en los perfiles
– DNI
Perfiles Convocados por Sede Académica:
UARG
Beca 1: Ser alumno regular de la UARG Estudiante de la Lic. En Administración. Tener aprobadas (con final) las asignaturas de administración I, administración II y comercialización I.
Beca 2: Ser alumno regular de la UNPA. Estudiante de las carreras Ingeniería en Recursos Naturales tener aprobada (con final) la asignatura formulación de proyectos.
Beca 3: Ser alumno regular de la UNPA. Estudiante de la carrera de Lic. en Turismo tener aprobada (con final) la asignatura gestión y administración de empresas turísticas.
UASJ
Beca 1 y 2: Ser alumno regular de la UASJ cursar las carreras de Tecnicatura Universitaria en Recursos Naturales Renovables, Licenciatura en Trabajo Social y Profesorado de Educación Primaria. Con radicación en la Ciudad de Puerto San Julián
Beca 3: Ser alumno regular de la UNPA, cursar las carreras de: Tecnicatura Universitaria en Recursos Naturales Renovables, Licenciatura en Trabajo Social y Profesorado de Educación Primaria. Con radicación en Piedra Buena
UACO
Beca 1- 2- 3 : Ser estudiante de la carrera de Licenciatura en Comunicación Audiovisual. Haber cursado o estar cursando la materia: Taller de Edición, Lenguaje Audiovisual, Realización Audiovisual I y II, Producción Audiovisual I y II, Estructura del relato audiovisual I y II, Taller de postproducción.
UART
Beca 1 y 2: Ser estudiante avanzado de las carreras TUGO, PREGO o Lic. de Administración. Ser alumno ACTIVO de la UART. Tener aprobadas las materias de Sistemas Contables I y Administración 1
Beca 3: Ser estudiante avanzado de las carreras TURRNN con orientación en producción agropecuaria. Ser alumno ACTIVO de la UART. Tener aprobadas las materias de Química I.
Presentación de la documentación
Los postulantes deberán enviar la documentación indicada con asunto Programa de becas de mentorías, a la sede correspondiente:
UARG: [email protected]
UACO: [email protected] / [email protected]
UART: [email protected]
UASJ: [email protected]
PROVINCIALES
Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.
La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.
Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.
La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:
“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.
La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.
Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:
“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.
La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.
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