SOCIEDAD
Pidieron un embargo contra Argentina por unos 230 millones de dólares en Estados Unidos

El fondo Attesor Master Value emitió una orden de embargo de activos para Argentina por unos $230 millones de dólares, debido al default 2001.

Durante este martes, Argentina recibió una orden de embargo de activos en la Reserva Federal de Nueva York, por parte del fondo Attesor Master Value, por unos $230 millones de dólares. Este pedido se suma al reclamo que realizó el fondo Titan Consortium, en el país norteamericano, por el pago de $327 millones de dólares que nuestro país le debe por el fallo en contra que tuvo en el tribunal arbitral del Banco Mundial, debido a la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral.
Por su parte, el analista de deuda, Sebastián Maril, declaró a diversos medios que el pedido se hizo tras lograr la aprobación de un juez federal. Es así como desde el año 2000, Argentina abonó cerca de 17.500 millones de dólares en concepto de sentencias, y se estima que todavía queda pagar cerca de 10 mil millones de dólares más.
Durante el 2016, luego de unos pocos meses del comienzo del mandato de Mauricio Macri, el gobierno pagó 9.300 millones que tenían deuda en default de 2001. De esta forma, permitió que el juez Thomas Griesa, ya fallecido, levantara las cautelares que impedían al país pagarle al resto de los bonistas que sí habían entrado en los canjes de 2005 y 2010.
Igualmente, los juicios que quedan son por bonos que tienen un valor nominal de menos de 250 millones de dólares. De esta forma, si se llega a lograr un acuerdo con la propuesta que se realizó en 2016, durante el gobierno de Macri, el pago sería de alrededor de 375 millones de dólares.
Finamente, existen ciertos acreedores de Estados Unidos que buscan cobrar de forma violenta una parte o el total de la deuda que Argentina debe como consecuencia de los errores del pasado, afectando cada vez más la reputación del país en el exterior.
RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
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