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SOCIEDAD

La Justicia rechazó el pedido de Alberto Fernández para ser sobreseído por “inexistencia de delito” por la fiesta en Olivos

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El presidente había solicitado el sobreseimiento en el caso que investiga la fiesta que se llevó a cabo el 14 de julio de 2020 en la Quinta de Olivos, en plena cuarentena estricta.

La Justicia rechazó este miércoles el pedido de Alberto Fernández de ser sobreseído en la causa que investiga la fiesta que se llevó a cabo el 14 de julio del año pasado en la Quinta de Olivos. El mandatario se había defendido argumentando que hubo “inexistencia de delito”.

Sin embargo, el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli no le dio la razón y coincidió con el fiscal Fernando Domínguez en que se violó el decreto 297/2020, que regía desde marzo de 2020: “A la luz del hecho denunciado que interesa para esta incidencia y la normativa aplicable, concluyo que corresponde rechazar la excepción por falta de acción deducida”.

En ese sentido, el juez remarcó que la realización de la fiesta en la Quinta de Olivos mientras regían estrictas medidas de aislamiento a nivel nacional está penada por el artículo 205 del Código Penal, que prevé “prisión de seis meses a dos años” a quien “violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

“El objeto procesal comprende múltiples hechos hipotéticamente constitutivos prima facie del delito contemplado en el artículo 205 del Código Penal (…) a raíz de presuntas transgresiones a las medidas instrumentadas por las autoridades nacionales con el objetivo de mitigar la propagación de la pandemia de COVID-19″, sostuvo el magistrado como argumento para rechazar el planteo del presidente.

El argumento que había dado Alberto Fernández para justificar la “inexistencia de delito” había sido que los hechos “tuvieron lugar dentro de la órbita de la intimidad familiar” y que “de ninguna manera se relajaron, evitaron u omitieron las medidas de cuidado de rigor”. El mandatario ahora podrá apelar ante la Cámara Federal de San Martín.

El hecho sucedió el 14 de julio de 2020, en el marco de la fiesta de cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez.


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Río Turbio: Renovación de Señalética Urbana para Mejorar la Seguridad Vial

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Avances en la infraestructura vial buscan optimizar el tránsito y adaptarse a las necesidades de la comunidad

La Municipalidad de Río Turbio lleva adelante un proyecto de renovación de la señalización vial en distintos puntos de la ciudad. Esta iniciativa, orientada a mejorar la seguridad y la fluidez del tránsito, forma parte de un esfuerzo integral por modernizar la infraestructura urbana y responder al creciente movimiento vehicular y peatonal.

En el marco de esta renovación, se aplicaron modificaciones al sentido de circulación de varias calles, conforme a lo estipulado en la Ordenanza 3093, sancionada el 10 de diciembre de 2020 y promulgada el 29 de diciembre del mismo año.

Entre las modificaciones destacan:

Calle Antonio Onetto: sentido de circulación descendente suroeste-noreste, entre Ricardo Balbín y Segundo Villagra.
Calle Mariano Moreno: sentido de circulación ascendente sudeste-noroeste, entre San Martín y Avenida de los Mineros.
Pasaje Keoken: sentido único desde la calle Gobernador Moyano.
El Intendente Municipal, a través del Decreto 1124, promulgó estas modificaciones, destacando la necesidad de implementar medidas que optimicen la circulación vehicular y garanticen mayor seguridad en el entorno urbano.

Con esta renovación de señalética, Río Turbio reafirma su compromiso con la planificación y el ordenamiento vial, contribuyendo al bienestar de los habitantes y visitantes de la ciudad.


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