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SOCIEDAD

Impulsan la boleta única de papel para las elecciones de 2023: cuáles serían sus ventajas

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Distintas asociaciones civiles expusieron las ventajas de la boleta única de papel y pidieron que se implemente en las próximas elecciones presidenciales.

La semana pasada un grupo de especialistas y asociaciones civiles presentaron a través de videoconferencia una encuesta que mostraría el apoyo de la sociedad a la boleta única de papel. Se trata de un estudio realizado por la consultora Poliarquía, que indagó en las opiniones de los argentinos sobre este sistema de votación, que podría implementarse en las elecciones presidenciales de 2023.

Según se informó, el 55% de las 955 personas encuestadas manifestaron su apoyo a la Boleta Única Papel (BUP), frente a un 41% que sostuvo que prefiere el actual sistema y un 4% que no emitió su opinión.

En la boleta única de papel figuran las caras de los candidatos, junto con sus nombres, el nombre del partido y un espacio en blanco para que los electores emitan su voto marcando con una cruz en el espacio que decidan.

Algunas de las organizaciones que participaron de la videoconferencia fueron la Red de Acción Política (RAP), Argentina Debate y el CIPPEC, que pidieron que la boleta única de papel se aplique en las próximas elecciones presidenciales de 2023.

Los argumentos que plantearon a favor de este sistema tienen varias aristas. Uno de ellos es el económico, ya que, sostienen, se ahorrarían unos 3 mil millones de pesos en la impresión de boletas individuales de cada candidato. Se evitaría así que falten boletas de algún partido dentro del cuarto oscuro, ya que todos los candidatos estarían en la misma boleta.

Otra ventaja, en el mismo sentido, sería que la ubicación de los partidos dentro de la boleta sería definida a través de un sorteo, de manera que los candidatos de los espacios minoritarios podrían tener una mayor visibilización.

Mientras que una menor impresión de boletas tendría un beneficio ambiental en el ahorro del papel.
La directora del Observatorio Político Electoral, Lourdes Lodi, aseguró: “La boleta única de papel es el sistema de votación utilizado en más del 90% de las democracias del mundo. Incluso algunas que adoptaron el voto electrónico, reconocieron su vulnerabilidad y retornaron a la BU papel”.

Se trata de un tema que está en agenda desde hace varios años, pero que hasta el momento no fue tratado. A comienzos de 2021, cuando el Gobierno y la oposición coincidieron en la idea de posponer las PASO y las elecciones legislativas para evitar que se vote durante el invierno, y así disminuir la posibilidad de un aumento de contagios, se intentó plantear el uso de la boleta única de papel.
El ministro de Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, aseguró que ya no había tiempo suficiente para su implementación en las elecciones legislativas de este año, pero prometió que el debate se podría dar antes de las elecciones de 2023.


RIO TURBIO

ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

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“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.

Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.

“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).

Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.

Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga


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