SOCIEDAD
El Gobierno publicó los decretos para poner en marcha el canje de bonos: cuáles son los afectados

Mediante el DNU 164/2023 ordena a los organismos públicos poner a disposición sus tenencias de títulos en dólares para realizar la operación, mientras que por el 163/2023 pesifica las Letras Intransferibles en dólares del Tesoro Nacional en poder del BCRA.
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial los Decretos de Necesidad y Urgencia 163/2023 y 164/2023 a través de los cuales avanzará en la operación de canje de bonos en dólares en manos de organismos públicos por nuevos títulos en pesos.
El decreto 164/2023 dispone que jurisdicciones, entidades y fondos del Sector Público nacional deban poner a la venta o subasta de sus tenencias de títulos públicos nacionales nominados en dólares bajo legislación nacional.
Estás licitaciones quedan a cargo del Ministerio de Economía. Los bonos son los denominados: AL29, AL30, AL35, AE38 y AL41 (el número que acompaña a la sigla corresponde al año de vencimiento).
El artículo 3 del mismo decreto ordena que los títulos en dólares bajo legislación extranjera en manos de los mismos organismos sean entregados al Tesoro Nacional que, a cambio, dará nuevos bonos pagaderos en pesos, cuyas características definirá el Palacio de Hacienda. Los bonos son los denominados de la siguiente manera: GD29, GD30, GD35, GD38, GD41 y GD46.
El Gobierno apunta a captar unos US$4.000 millones que serían “deslistados” (dejarían de existir).
El artículo 4 de la normativa define cuál será la aplicación de los recursos que los organismos obtengan por las licitaciones de sus títulos bajo ley nacional: con el 70% deberán suscribir un bono dual (el tenedor elige actualización por inflación o tipo de cambio) con vencimiento en 2036, mientras que el 30% restante deberá asignarse a cubrir el déficit operativo que tuvieran.
En tanto, el artículo 7 define que el Ministerio de Economía será el que definirá el listado de jurisdicciones, entidades y fondos alcanzados por la norma.
Asimismo, establece que esta disposición no está alcanzada por la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
A su vez, el Ejecutivo publicó el DNU 163/2023 por el cuál ordena la pesificación de las Letras Intransferibles en poder del Banco Central que fueron entregadas por el Tesoro Nacional.
Ambos decretos llevan la firma de la totalidad de los miembros del Gabinete nacional.
Con estas medidas, el Gobierno busca hacerse de herramientas que le permitan intervenir en los mercados financieros del dólar, de cara a meses complicados.
A partir de abril, el mercado de cambio es abastecido por las divisas provenientes de la cosecha gruesa que este año disminuirán seriamente por la sequía.
PROVINCIALES
Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.
La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.
Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.
La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:
“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.
La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.
Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:
“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.
La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.
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