YCRT desafectó al Coordinador General de la Intervención y avanza en la reorganización interna

RÍO TURBIO.– Mediante una resolución oficial, la Intervención de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) dispuso la desafectación del Dr. Leandro Fabián Ruggeri del cargo de Coordinador General de la Intervención, función que desempeñaba desde octubre de 2024 en el marco del proceso de normalización administrativa y operativa de la empresa.

Río Turbio19/12/2025Patagonia NexoPatagonia Nexo
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La medida fue adoptada por el interventor Pablo Gordillo, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1034/02, su modificatorio Decreto N° 1277/03 y el DECTO-2024-869-APN-PTE, que establecen las atribuciones de la Intervención para organizar, reasignar y optimizar la estructura institucional de YCRT y de los servicios ferroportuarios con terminales en Punta Loyola y Río Gallegos.

Marco normativo y alcance de la decisión


Según consta en el expediente administrativo EX-2025-140610105-APN-GRRHH#YCRT, el Dr. Ruggeri había sido designado como Coordinador General a través de la Resolución RESOL-2024-176-APN-YCRT#MEC, con vigencia desde el 9 de octubre de 2024. Posteriormente, mediante una nota interna, el Interventor solicitó el inicio de las actuaciones correspondientes para su desafectación, en función de las facultades inherentes al cargo.

El acto administrativo señala que la decisión responde a la necesidad de optimizar el funcionamiento institucional, reorganizar la planta de conducción y adecuar los equipos de gestión a los objetivos productivos, económicos y operativos definidos por la Intervención.

Facultades de la Intervención


La resolución destaca que es atribución directa de la Intervención designar y desafectar funcionarios para el cumplimiento de los cometidos asignados, así como ejercer la dirección técnica, contractual y económica de la empresa, en función de las metas de producción y del proceso de reorganización en curso.

Asimismo, se dejó constancia de la intervención de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, que tomó participación en el ámbito de su competencia, garantizando la legalidad del procedimiento.

Vigencia inmediata


El Artículo 1° de la resolución establece que la desafectación del Dr. Ruggeri rige a partir de la firma del acto administrativo, mientras que el Artículo 2° ordena su registro, notificación y archivo conforme a las normas vigentes.

Con esta decisión, la Intervención de YCRT continúa avanzando en el proceso de reordenamiento interno, en un contexto donde la empresa busca consolidar su recuperación operativa y fortalecer su estructura de gestión.

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