El presidente del Tribunal Superior de Justicia confirmó la validez de los juramentos a Sergio Acevedo y José Gonzalez Nora

Daniel Mariani indicó que es el Presidente del Tribunal quien tiene la facultad exclusiva de tomar juramento a los miembros, sin necesidad de que lo apruebe todo el cuerpo. Por tanto, ratificó este lunes que Sergio Edgardo Acevedo y José Antonio González Nora asumieron plenamente sus cargos desde el 26 de septiembre y ya están en funciones. El antecedente de las vocales Paula Ludueña y Reneé Fernández.

Provinciales29 de septiembre de 2025Patagonia NexoPatagonia Nexo
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El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz (TSJ), Daniel Mariani confirmó la plena validez de los juramentos prestados por los nuevos vocales Sergio Edgardo Acevedo y José Antonio González Nora, designados por la Legislatura provincial y formalmente incorporados al cuerpo el pasado 26 de septiembre de 2025.

La aclaración surgió luego de que los cuatro vocales restantes del Poder Judicial de Santa Cruz, Alicia de los Ángeles Mercau, Paula Ludueña, Reneé Fernández y Fernando Basanta, rechazaran la recepción del juramento porque existían dos órdenes judiciales que ordenaban a la Cámara de Diputados y al Poder Ejecutivo “abstenerse” de tratar las ternas durante al menos 10 días.

Los cuatro jueces avanzaron con la resolución donde no ratificaron las juras, entre otros motivos, sostenidos también en que las dos resoluciones presidenciales que convocaban a los magistrados a prestar juramento se incluyera la expresión “ad referendum” del resto de los vocales. Remarcaron que “la investidura de nuevos vocales debe contar con la aprobación colegiada del cuerpo”, y que una decisión unilateral  “desnaturaliza las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de la Justicia” el cual otorga representación formal pero no poder autónomo para legitimar designaciones cuestionadas.

Este lunes, según explicó el presidente del Cuerpo, Daniel Marinai, a través de una nueva resolución a la que tuvo acceso La Opinión Austral, “no corresponde que la Presidencia o el cuerpo en pleno del TSJSC se arrogue el control de constitucionalidad de dichos actos por vía de Superintendencia” y además aclaró que dejar explicito la cuestión de que las juras deban ser refrendadas por todo el Tribunal se trató de un error material sin relevancia jurídica. “La fórmula ‘ad referendum’ fue utilizada de manera impropia y carece de efectos jurídicos sobre la validez de los actos realizados”, indicó.

 
“Existe una clara e incuestionable voluntad legislativa”

  
Según esta nueva Resolución de Mariani, firmada este lunes 29 de septiembre, de acuerdo con los artículos 10 y 34 de la Ley Orgánica de la Justicia, el Presidente del Tribunal tiene competencia exclusiva para tomar juramento a los vocales y magistrados, sin necesidad de ratificación posterior. “La toma de juramento a los propios miembros del Cuerpo por parte del Presidente, es un acto que no requiere de la aprobación o anuencia del resto de los Vocales. El único supuesto en que el cuerpo debería prestar conformidad es para que dicho juramento sea tornado por otro miembro o ante el Presidente de una de las Cámaras de Apelaciones”.

 
En ese sentido, la resolución agregó que “no corresponde someter a consideración del resto del Tribunal un acto que la ley reserva en forma exclusiva a la Presidencia”. Y sobre todo cuando hubo “una clara e incuestionable voluntad legislativa”.

El texto “Ad Referendum”
La explicación sobre la frase “Ad Referendum” tiene que ver con una situación cotidiana en las oficinas gubernamentales. Según pudo saber La Opinión Austral el error involuntario tiene que ver con que a la hora de redactar las resoluciones se usa una plantilla común en la que se van llenando los espacios vacíos según el caso. Y allí la palabra “Ad Referendum” quedó escrita cuando el escriba debía haberla borrado.

 
Se disculpa Mariani en su resolución de este lunes: “La frase “Ad referendum”, erroneamente incluida en las Resoluciones que propiciaron la jura de los nuevos vocales, no podrían implicar más que un modismo o formalidad introducido en el texto de la providencia, con el único objetivo de notificar, informar y poner en conocimiento al resto de los vocales del acto de toma de juramento que hace el Presidente en ejercicio de una competencia que le es propia, exclusiva y excluyente”.

Y recuerda Mariani para insistir en que esta frase es un uso y costumbre, que en los juramentos de las vocales Paula Ludueña y Reneé Fernández, también se utilizó la expresión “Ad referendum”, aunque luego no existió un “acto posterior por parte del resto del cuerpo” para que pudieran comenzar a cumplir funciones.

En conclusión, para Mariani quedó ratificada la validez de los juramentos de los nuevos vocales Sergio Acevedo y José González Nora, y aclaró que la expresión “ad referendum” fue un error material que no afecta la legalidad del acto.

 
Poder Judicial de Santa Cruz con nueve vocales


Hay otro punto que no figura en ninguno de los cruces de resoluciones que están protagonizando los cuatro vocales y el presidente del Alto Tribunal santacruceño. Y es clave también para la continuidad de Mariani con esa investidura. Desde el 28 de agosto de este año, la cúpula del Poder Judicial ya no está compuesta por cinco vocales, sino por nueve. La Legislatura aprobó esa reforma con 13 votos afirmativos, 9 en contra y las abstenciones de Pedro Muñoz y la diputada del oficialismo Claudia Barrientos.

Quiere decir que desde entonces la mayoría necesaria para las acordadas pasa a ser de cinco firmas y no de tres. Por lo que algunos interpretan que la resolución del viernes por la tarde en la que no ratificaron el juramento de los dos nuevos integrantes para que se sumen al Tribunal Superior de Justicia fue sin mayoría.

Dicha ley está vigente y solo fue cuestionada por el gremio de los judiciales a cargo de su secretario general Franco Mascheroni, ante el juzgado de primera instancia que preside Marcelo Bersanelli. Bersanelli, tomó el caso y dictó una medida cautelar para que la Cámara de Diputados se abstenga de tratar las ternas que llevaron a Sergio Acevedo y a José González Nora al TSJ, pero no hay, hasta el momento, ninguna medida judicial que diga lo contrario sobre la cuestión de fondo.

Con información de La Opnión Austral

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