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INFO. GENERAL

Anularon una condena por narcotráfico: la pena era mayor de la que permitía el juicio abreviado

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Si bien al principio la defensa del acusado había aceptado la condena, terminaron por refutar el juicio ya que la catalogaron por “indefensión”.

Claudio Ezequiel Barraza tuvo un golpe de suerte cuando se estaba realizado su último juicio en el Tribunal Oral Federal número uno del partido bonaerense de San Martín. Al parecer, el juez había determinado que seis años y medio de prisión estaba bien para “la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización” y para la “tenencia de materiales explosivos, armas de guerra y de uso civil”.

Al principio la defensa del imputado terminó por aceptar la condena, y Barraza transitó sus primeros días en prisión. No obstante, él termino por pedirle a su abogado, Daniel Vera Méndez, que modificara el cuerpo de acompañantes que tenía, y con la nueva defensa revisaron el caso. Decidieron apelar a la condena ya que el juicio se realizó de manera virtual, y dijeron que su “estado de indefensión” permitía refutarla. Al parecer, lo sentenciado no se correspondía con lo pactado en el juicio abreviado, y eso es una violación a la Constitución.

Tras insistir con esta nueva medida, el abogado del narcotraficante logró desplazar al juez que condenó a su cliente y colocar uno nuevo. Después de revisar el caso con minucioso detalle, este último le dio la razón al abogado y concluyó que en el juicio abreviado habían establecido que seis años de prisión era el monto máximo que podía recibir. Con eso en cuenta, se envió la solicitud para hacer un nuevo juicio que cumpla con los requisitos que establece la Ley Máxima.

“En tanto la sentencia ha sido dictada mediante un mecanismo abreviado no contemplado legalmente para casos como los que tratan estas actuaciones, corresponde descalificar el pronunciamiento como acto jurisdiccional válido”, pronunció el tribunal. Además, agregaron que “la doctrina de la arbitrariedad exige que las sentencias sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias de la causa, extremo que no ha sido observado en el caso”


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Se normaliza la carga del Boleto Estudiantil Gratuito en Río Gallegos

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Tras las gestiones llevadas adelante por el ministro de la Producción, Comercio e Industria, Gustavo Martínez, con las autoridades de la empresa Nación Servicios, las cargas de los montos correspondientes al Boleto Estudiantil Gratuito se harán por única vez y de forma anual.

De esta manera, se informa a la comunidad educativa que los beneficiarios del programa provincial en Río Gallegos deberán acercarse a partir del próximo jueves 2 de mayo, a cualquier terminal de carga de la tarjeta SUBE, para activar el servicio por única vez y hasta diciembre del corriente año.

Cada estudiante recibirá en la casilla de e-mail presentada a la hora de inscribirse la información pertinente y ante cualquier inconveniente concreto que surja, deberán acercarse a la Subsecretaría provincial de Transporte, ubicada en Avellaneda 801, de 9 a 15 horas.

La Cartera Productiva, en tanto, continúa trabajando en línea con el compromiso asumido por el gobernador Claudio Vidal de afianzar la educación en Santa Cruz como prioridad.


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