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SOCIEDAD

ANSES entregará un nuevo bono de $5.000: quiénes pueden recibirlo y cómo inscribirse

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Desde ANSES confirmaron el pago de un nuevo beneficio dentro del plan “Más Cultura”. Cómo inscribirse desde la aplicación y cuáles son los requisitos.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció a principios de noviembre el pago de un bono cultural para los jóvenes de entre 18 y 24 años. De esta manera, los individuos podrían acceder al beneficio luego de las elecciones y es así que todavía siguen las inscripciones abiertas para los que decidan cobrar el dinero.
En este sentido, para este mes también se habían confirmado las fechas de pago para diversos planes sociales que entrega ANSES. Por lo que ahora los jóvenes que sean beneficiarios de ciertos programas podrán también inscribirse para recibir el bono “Más Cultura” de $5.000 que ofrece el organismo nacional.

El plus para los adolescentes tiene como objetivo dar la oportunidad de acceso a prácticas y bienes y servicios culturales. Fue el Ministerio de Cultura de la Nación junto con ANSES y el Banco de la Nación quienes crearon el programa destinado a los jóvenes que cuentan con Becas Progresar o son beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, Asignación Universal por Embarazo y Pensiones no Contributiva por Invalidez.

Para acceder al bono “Más Cultura”, los jóvenes deberán entrar a la aplicación de Mi Anses con el CUIL y su Clave de Seguridad Social. Luego, buscarán en el menú de Programas y Beneficios el plan mencionado y se realizará la inscripción siguiendo los pasos correspondientes. Al finalizar, se entregará un número de solicitud para tener un seguimiento del trámite.

Luego de completar dicho paso en la app de ANSES y tras recibir la confirmación por parte del sistema de que el usuario fue aceptado dentro del programa, este deberá descargarse la app del Banco Nación, llamada BNA+. Desde ahí, podrá elegir la sucursal del banco más cercana al domicilio y acceder también a una tarjeta virtual que se dará de alta automáticamente.

No es necesario tener una cuenta previamente en la entidad bancaria y, en caso de no poder utilizar la aplicación, se podrá solicitar una tarjeta en formato físico. Una vez abonado el monto correspondiente, este tendrá validez para utilizarse hasta el 30 de abril del 2022.


RIO TURBIO

ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

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“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.

Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.

“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).

Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.

Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga


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