RIO TURBIO
«Mi Historia en el Museo»: Nuevos Testimonios Enriquecen el Patrimonio Cultural de Río Turbio

El Museo Histórico Municipal de Río Turbio continúa con el proyecto «Mi Historia en el Museo», que busca recuperar y preservar las memorias de los vecinos a través de entrevistas. Se han incorporado nuevos testimonios, sumando valiosos relatos al patrimonio cultural de la ciudad.
El Museo Histórico Municipal de Río Turbio avanza con su proyecto «Mi Historia en el Museo», una iniciativa que tiene como objetivo reconstruir la historia local y recuperar memorias a través de entrevistas con vecinos y vecinas de la ciudad. Este proyecto, desarrollado por el área educativa y de investigación del museo, busca capturar y preservar las historias personales y comunitarias que conforman el rico patrimonio cultural de Río Turbio.

Recientemente, se han incorporado nuevos testimonios al proyecto, sumando relatos valiosos que aportan una perspectiva más amplia y profunda sobre la historia local. Estos relatos no solo enriquecen el archivo histórico del museo, sino que también fortalecen el sentido de identidad y pertenencia entre los habitantes de la ciudad.

«Mi Historia en el Museo» no solo permite a los residentes compartir sus experiencias y recuerdos, sino que también facilita la conexión entre generaciones, asegurando que las historias del pasado continúen influyendo en el presente y en el futuro de Río Turbio. Este proyecto subraya el compromiso del museo con la preservación y valorización del patrimonio cultural colectivo, promoviendo una mayor comprensión y apreciación de la historia local.

RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
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