RIO TURBIO
Rio Turbio: Guillen se refirió a las acciones locales contra el Covid 19

Es sabido que las respuestas locales inmediatas a la pandemia consisten en imponer y controlar el cumplimiento de medidas de distanciamiento social establecidas a nivel nacional.
Al respecto el doctor Iván Guillen, Subsecretario de Salud y Comunidad de la Municipalidad de Río Turbio se refirió a las últimas medidas tomadas en la localidad.
En ese contexto, Guillen, aseguró que continúan con la vigilancia epidemiológica a través de los programas Detectar, en el que se sigue hisopando a personas con síntomas o contactos estrechos de pacientes Covid positivos.
“Este programa está funcionando ahora en el Hospital en el área de triage y a partir de las 10 de la mañana pueden concurrir aquellas personas que tengan algún síntoma compatible con Covid o que hayan sido contacto estrecho de algún enfermo”, detalló el médico
También se encuentra en vigencia el programa Prevenir articulado entre provincia y municipio, por el cual se realizan testeos a personas asintomáticas,
El médico indicó que la idea es poder hacer un índice epidemiológico local a través de hisopar a personas espontáneamente que no tengan síntomas para ver si hay virus circulando en personas asintomáticas
En ese sentido Guillen, dijo que este programa se llevó a cabo el sábado en el torneo de Futsal, que se desarrolló en el Polideportivo, donde no se hallaron casos positivos.
«Eso nos da un índice epidemiológico bueno donde no tenemos personas asintomáticas», expresó
Dijo también que estamos en una meseta y que desde el miércoles no se registró ningún nuevo caso positivo.
Recomendó en ese sentido seguir cuidándose.
RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
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