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La Justicia sobreseyó a Cristina Kirchner en la causa por el Memorándum con Irán

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La decisión del Tribunal Oral Federal Nº 8 alcanza también a Carlos Zannini, Oscar Parrilli, al fallecido ex canciller Héctor Timerman y otros imputados. Duras críticas a los camaristas Hornos y Borinski.

La vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, fue sobreseída en la causa por la firma del Memorando de Entendimiento entre la Argentina e Irán, impulsada por la denuncia del fiscal Alberto Nisman poco antes de su muerte.

El fallo declara expresamente que “queda fuera de duda que las visitas presidenciales de los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky afectaron la imparcialidad e independencia del juez natural”.

Hornos y Borinsky firmaron el fallo que reabrió la causa después de dos archivos confirmados por Cámara, en fechas coincidentes con las visitas de ambos al ex presidente Mauricio Macri.

El Tribunal Oral Federal Nº 8, integrado por los jueces María Gabriela López Iñíguez, Daniel Obligado y José Michilini, sobreseyó también al resto de los imputados, incluyendo post mortem al ex canciller Héctor Timerman, a pedido de todas las defensas que buscaron reivindicar su memoria.

La lista de sobreseídos se completa con el ex vicecanciller Eduardo Zuain; el procurador del Tesoro, Carlos Zannini; el senador Oscar Parrilli; a ex procuradora del Tesoro, Angelina Abbona; el viceministro de Justicia, Juan Martín Mena; el ministro bonaerense Andrés “Cuervo” Larroque; el dirigente piquetero Luis D’Elía; el dirigente de Quebracho Fernando Esteche; el supuesto nexo con los iraníes Jorge Khalil y el ex agente de inteligencia Allan Bogado.

“El Memorándum de entendimiento con Irán más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito”, dijeron los jueces.

Además, subrayaron que la denuncia de Nisman sobre un supuesto pacto espurio para consagrar la impunidad de los iraníes acusados por la voladura de la embajada quedó desmentida por la propia realidad.

“Las alertas rojas siempre estuvieron vigentes y aún continúan estándolo, según Interpol lo hizo saber al Tribunal por escrito en el año 2020”, sostuvieron los jueces.

Pero además, el Memorando nunca fue puesto en vigencia puesto que “no logró cumplir sus requisitos de validez antes de convertirse en tratado internacional vinculante para las partes, por lo que no ha existido acto jurídico como tal desde el punto de vista del derecho internacional”.

“No hay ningún elemento directo que de manera contundente nos haga pensar que tal temperamento fue más allá de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento”, sostiene la resolución, de casi 400 páginas.

El fallo también descalificó la figura de “traición a la patria” que el difunto juez Claudio Bonadio llegó a aplicarle a Cristina Fernández de Kirchner.

“Desde que el Memorándum no entró en vigencia y desde que nunca existió entre la República Argentina y la República Islámica de Irán un estado de guerra, es posible deducir que ninguna de las conductas aquí enrostradas son susceptibles de encuadrarse en las figuras de traición”, concluyó el Tribunal.


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Río Turbio: Renovación de Señalética Urbana para Mejorar la Seguridad Vial

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Avances en la infraestructura vial buscan optimizar el tránsito y adaptarse a las necesidades de la comunidad

La Municipalidad de Río Turbio lleva adelante un proyecto de renovación de la señalización vial en distintos puntos de la ciudad. Esta iniciativa, orientada a mejorar la seguridad y la fluidez del tránsito, forma parte de un esfuerzo integral por modernizar la infraestructura urbana y responder al creciente movimiento vehicular y peatonal.

En el marco de esta renovación, se aplicaron modificaciones al sentido de circulación de varias calles, conforme a lo estipulado en la Ordenanza 3093, sancionada el 10 de diciembre de 2020 y promulgada el 29 de diciembre del mismo año.

Entre las modificaciones destacan:

Calle Antonio Onetto: sentido de circulación descendente suroeste-noreste, entre Ricardo Balbín y Segundo Villagra.
Calle Mariano Moreno: sentido de circulación ascendente sudeste-noroeste, entre San Martín y Avenida de los Mineros.
Pasaje Keoken: sentido único desde la calle Gobernador Moyano.
El Intendente Municipal, a través del Decreto 1124, promulgó estas modificaciones, destacando la necesidad de implementar medidas que optimicen la circulación vehicular y garanticen mayor seguridad en el entorno urbano.

Con esta renovación de señalética, Río Turbio reafirma su compromiso con la planificación y el ordenamiento vial, contribuyendo al bienestar de los habitantes y visitantes de la ciudad.


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