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PROVINCIALES

Santa Cruz como querellante ante la justicia federal por los fusilamientos del 1920 Y 1921

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La fecha, 7 de diciembre, coincide con la sanción de la ley provincial 3668 que, en 2019, dispuso día feriado en Santa Cruz en conmemoración a los obreros fusilados en las denominadas ‘Huelgas Patagónicas’ sucedidas en territorio santacruceño.

Con posterioridad, el día 7 de junio de 2021 el gobierno de la provincia de Santa Cruz, por decisión de la Gobernadora Alicia Kirchner; se presentó ante la Justicia Federal como querellante en la causa donde se solicita declaración de delitos de lesa humanidad a los fusilamientos ocurridos en la provincia durante 1920 y 1921.

En este contexto, el gobierno de la provincia de Santa Cruz efectivizó la presentación oficial ante la fiscalía del Juzgado Federal de Caleta Olivia solicitando la investigación de los sucesos ocurridos durante las Huelgas Patagónicas.

Para la presentación recurrió a la historiografía oficial, que cuenta con los documentos necesarios para brindar testimonio y asegurar que se devele la verdad dado que se trata de víctimas largamente silenciadas.

Cabe destacar que desde la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Santa Cruz se lanzó la “Campaña Centenario Patagonia Rebelde” (a la cual adhirió la Secretaría de DDHH de la Nación), conformada por diferentes instituciones, organismos de Derechos Humanos y personalidades, y también desde Chile, con el fin de mantener viva la Memoria, la Verdad y la Justicia frente a la matanza de 1.500 peones rurales acaecida en el entonces Territorio Nacional de Santa Cruz, a partir de una iniciativa elaborada por el equipo de trabajo de la senadora Ana María Ianni.

La sentencia podría incluir disposiciones sujetas a las prioridades de los familiares y de la comunidad local. En esta línea, similar a la acaecida con la Masacre de Napalpí (Chaco, 1924), se espera un reconocimiento que dictamine que existió responsabilidad del Estado nacional en el delito como crimen de lesa humanidad cometido en el marco de un proceso de genocidio.

En efecto, la sentencia puede ordenar al gobierno continuar con la búsqueda e identificación de los cuerpos de los fusilados; marcar mojones en los sitios donde ocurrieron los fusilamientos (estancia San José, Bellavista y La Mata); remover monumentos y nombres de calles asociadas a los responsables directos e indirectos y reemplazarlas por homenajes a las víctimas; realizar cursos de formación de funcionarios públicos sobre los hechos de la causa; actualizar la currícula de estudio en los tres niveles educativos para incluir reflexiones sobre el fusilamiento; articular un pedido de disculpas en representación de los Estados nacional y local; y/o crear un museo, archivo o sitio de memoria, entre muchas otras iniciativas.

Lo anterior abrirá el camino para buscar respuestas simbólicas y materiales: la reparación de los familiares, la identificación de las empresas que motivaron la masacre y el esclarecimiento de los patrones de explotación que continúan vigentes en varias regiones del país.

El CIPDH-UNESCO, promoviendo la perspectiva del Art. 8 de la Declaración de los Derechos Humanos, adhiere a la presentación realizada oportunamente por el gobierno de la provincia de Santa Cruz, y anhela que se haga efectivo el mandato de que “…toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley”.

En consonancia con los principios rectores de memoria, verdad, justicia exhortamos a que se arbitren las acciones correspondientes para asegurar la celeridad de la causa.


PROVINCIALES

El Gobierno inició sumario administrativo a la firma Costa Chubut S.A.

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Lo hizo a través de la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, dependiente del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria. En ese sentido, dispuso instrumentar un sumario a la empresa Costa Chubut S.A., responsable del buque pesquero Huafeng 822, por presunta infracción a la Legislación Provincial, al pescar en aguas jurisdiccionales sin el permiso de Santa Cruz, y descargar en otra provincia.

En el marco del trabajo de reestructuración que se lleva adelante en la Secretaría de Pesca y Acuicultura, se puso en marcha una serie de investigaciones relativas a supuestas infracciones cometidas en años anteriores que no fueron controladas durante las últimas dos gestiones. Para ello, además, se reforzó la cartera con el personal que ya se encontraba prestando servicios en los sectores de Monitoreo y Sumarios.

Fue así que se detectó al buque fresquero Huafeng 822 (Mat. 01537) en tareas de pesca en aguas jurisdiccionales de nuestra provincia, sin contar con el permiso de pesca de Santa Cruz, operando los días 23, 24 y 25 de marzo de 2024, en la zona del Golfo San Jorge, según la información proporcionada por el Sistema de Monitoreo Satelital de Posicionamiento.

Asimismo, según su declaración en el Parte de Pesca digital, que están obligados a cargar en el sistema de Nación SIFIPA, posteriormente realizó la descarga en otra jurisdicción, el puerto de Comodoro Rivadavia, Chubut.

Considerando que pescar sin permiso y descargar en otra provincia son actividades que están contempladas como infracciones dentro de la Legislación de Santa Cruz, desde la cartera provincial de Coordinación Pesquera se dispuso iniciar un sumario administrativo a la armadora Costa Chubut S.A.

Cabe mencionar, que de la investigación también se desprende una diferencia en el volumen capturado por la flota pesquera entre la información del Parte Electrónico y del Libro Diario de Navegación, pero se concluyó que el hecho está dentro del rango de tolerancia, por lo que no constituye infracción.

Por su parte, la empresa reconoció el error cometido y manifestó su intención de allanarse a los cargos, por lo que deberá afrontar una multa que contempla las dos infracciones anteriormente descriptas, es decir, presunto incumplimiento de los artículos 3° y 6° del Decreto N° 1875/90, en actividad de pesca realizada en aguas jurisdiccionales en una marea de tres días y posterior descarga en otra provincia.


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