RIO TURBIO
Walter Guardia presentó la renuncia a la presidencia de la Sub Comisión del Rally de la Cuenca.

En una carta dirigida al presidente de AVRT, Jorge Decristofaro, Walter Guardia presentó la renuncia a la presidencia de la Sub Comisión del Rally de la Cuenca.
“Esta dura decisión viene aparejada de altercados, los cuales son de público conocimiento, como manifestaciones y agravios contra mi persona hace unas semanas atrás, dónde se comenzó a gestar un nuevo Rally de relevancia para nuestro automovilismo provincial”, comienza la misiva
Por otra parte en la nota puso de manifiesto “el dolor por esta decisión ya que desde el 2018 se trabaja para que esto siga en pie”
En ese marco, Guardia, indica que siempre ha trabajado para que el automovilismo siga creciendo “pero llega un momento en que el cansancio personal hace tomar estas decisiones”
Y agrega que no soporta los agravios de personas no les hacen bien a las instituciones ni colaboran con ellas, “como así también la destrucción de la imagen pública de las personas que trabajan incansablemente, dejando tiempo personal para el divertimento de los competidores”
Por último destaca el trabajo a nivel político provincial que se realizó para que el Rally de la Cuenca, fuera declarado Capital del Rally en Santa Cruz, dejando constancia de los trabajos desde la AVRT que se han realizado desde sus comienzos.
RIO TURBIO
Si es en un pago, el precio no puede cambiar por ser en efectivo

Una resolución oficial obliga a aplicar el Pago igualitario. El precio debe ser el mismo para quienes paguen en efectivo, con tarjeta de débito o de crédito en un pago.
Al hacer ofertas o liquidaciones, muchos comercios se habituaron a avisar con carteles que las rebajas sólo rigen para quienes paguen con billetes.
A pesar que la prohibición existe desde el año 1999, es habitual que los comerciantes ofrezcan precios diferenciados por pago en efectivo. O recarguen el precio cuando el consumidor ofrece pagar con débito, o con alguna tarjeta en un solo pago.
Más recientemente la Secretaría de Comercio de la Nación vino a reafirmar dicha prohibición mediante la Resolución 51 – E/2017 disponiendo expresamente: “La prohibición de efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta, establecida en el inciso c) del Artículo 37 de la Ley N° 25.065, refiere a operaciones que se realizan en un único pago.
En consecuencia, quienes comercialicen productos y/o servicios no podrán efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado o efectivo, o en un solo pago con tarjeta de débito, de compra, de crédito u otros medios electrónicos de pago”.
Link Ley
http://servicios.infoleg.gob.ar/…/2700…/271185/norma.htm
En caso contrario, comunicarse con la Secretaría de Inspección General y Seguridad Publica de 08:00 a 14:00 hs
Asimismo pueden dirigirse a Av. De Los Mineros 80 -Pabellón 8, al teléfono 422-451. Email: [email protected]
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