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Miércoles 21 de Mayo del 2025

PROVINCIALES

Vera: “Este viernes 8 estarán disponibles los listados de las vacantes para la pre-inscripción de ingresantes al Ciclo lectivo 2025”

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Así lo destacó la secretaria de Gestión Educativa del Consejo Provincial de Educación, Adela Vera, quien brindó declaraciones al medio LU14 Radio Provincia, sobre cómo se llevarán adelante las preinscripciones al Ciclo Lectivo 2025.

Al respecto, Adela Vera manifestó que “este viernes 8 de noviembre se publicarán los listados de las vacantes disponibles por nivel y modalidad para después iniciar con el cronograma de inscripción.

Asimismo, mencionó que este mes se realizarán las preinscripciones de manera presencial y virtual, en distintas localidades, será virtual en las localidades donde exista más de una institución educativa de un mismo nivel educativo.

En ese sentido, la secretaria explicó que para preinscribir al estudiante se deberá completar un formulario web muy sencillo, donde se solicitará los datos del estudiante y del padre, madre o tutor. Luego se emitirá un comprobante para presentar en la institución junto con la documentación requerida, quedando de esa manera inscripto.

Sobre quienes se pre-inscriben, Adela Vera mencionó que son todos aquellos alumnos que van a acceder al nivel. “En el caso del Nivel Inicial, los que van a ingresar a Sala de 4; en el Nivel Primario, los que van a ingresar en el 2025, primer grado y en el nivel secundario común orientado o el secundario de la modalidad de Educación Técnico Profesional, los ingresantes a primer año”, detalló.

En este marco, la Secretaria de Gestión Educativa comentó que hay vacantes por institución. “No podemos poner todos los estudiantes en dos o tres escuelas. Hay que distribuirlos en función de la disponibilidad del edificio”, sostuvo.

Por otro lado, mencionó que las preinscripciones en las localidades donde exista una sola institución educativa por nivel se realizarán de forma presencial.

El Consejo Provincial de Educación ya llevó a cabo las inscripciones de los hermano/as de los estudiantes y esas vacantes disponibles son las que se publicarán mañana por los canales de difusión de Educación: Facebook, Instagram y la web oficial tanto del CPE https://educacionsantacruz.gov.ar/ como de Gobierno https://noticias.santacruz.gob.ar/ 


Avisos

PROVINCIALES

Santa Cruz tiene una Ley Electoral Provincial Transitoria

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Los legisladores sancionaron la iniciativa del Ejecutivo Provincial para dar un marco legal provisorio a las elecciones en Cañadón Seco, tras la derogación de la Ley de Lemas y el fallecimiento del presidente de esa Comisión de Fomento.

Presidida por el vicepresidente primero de la Cámara de Diputados, Javier Jara -en reemplazo del vicegobernador Fabián Leguizamón quien se encuentra a cargo del Ejecutivo Provincial- y con la presencia de 21 legisladores en el recinto (y la ausencia injustificada de Claudia Barrientos y José Quiroga), esta tarde se realizó la 1° sesión extraordinaria del 52° período legislativo en la cual se aprobó por unanimidad la Ley Electoral Provincial Transitoria.

Es importante recordar que el proyecto de Ley N°216/25 elevado por el Poder Ejecutivo Provincial permite aplicar un régimen electoral transitorio a fin de llevar adelante las elecciones extraordinarias para cubrir el cargo vacante de Presidente de la Comisión de Fomento de Cañadón Seco, tras la derogación de la Ley de Lemas y el reciente fallecimiento de Jorge Soloaga.

Gracias al debate y al consenso entre los representantes del pueblo de los distintos bloques y fuerzas políticas, durante un cuarto intermedio los diputados lograron acordar un texto definitivo incorporando algunas modificaciones técnicas que no desvirtúan en absoluto el espíritu de la iniciativa original.

De este modo, la elección de Gobernador y Vicegobernador de la provincia de Santa Cruz, de intendentes municipales, de los presidentes de las Comisiones de Fomento y Consejo de la Magistratura, será directa y a simple pluralidad de sufragios, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Constitución Provincial, como así también de la Ley 55 y sus modificaciones.

Por su parte, el Poder Ejecutivo Provincial convocará al electorado provincial con una antelación no menor a los 120 días corridos a la fecha prevista para el acto comicial, al igual que para la Comisión de Fomento de Cañadón Seco, fijando el número de cargos electivos, titulares y suplentes a cubrir, de acuerdo a lo establecido por la Constitución Provincial, el Código Electoral Nacional, leyes provinciales y demás normas complementarias.

Además, en caso de muerte, separación, inhabilidad, incapacidad permanente, o renuncia de un diputado provincial por distrito, o diputado por municipio o concejal municipal, lo sustituirá quien figure en la lista como candidato titular según el orden establecido. Una vez que este listado se hubiere agotado, ocuparán los cargos vacantes los suplentes que sigan, y los reemplazantes se desempeñarán hasta que finalice el mandato que le hubiere correspondido al titular.

Asimismo, el Tribunal Electoral Permanente entenderá como cuerpo de instancia única observando los procedimientos previstos en el Código Electoral Nacional, en todo lo referente al registro de candidatos, período de oficialización de listas y aprobación de las boletas de sufragio, estableciendo como instrumento la Boleta Única de Papel.

El Poder Ejecutivo adoptará todas las medidas necesarias, logísticas, operativas o de cualquier otra índole, que a pedido de la Comisión de Fomento sea requerida a modo de colaboración, a fin de garantizar el cumplimiento de la presente ley. Mientras que se convocará a los integrantes de los bloques parlamentarios y a los diputados que soliciten su participación, para redactar la nueva Ley Electoral de la provincia de Santa Cruz.

Finalmente, se establece que la ley tendrá plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2025, improrrogable y quedará sin efecto a partir de la mencionada fecha, por lo que durante ese término se sancionará la nueva ley que definirá un sistema electoral provincial en el marco del consenso con las diversas fuerzas políticas.

Por último, no hubo quórum en la 2° sesión extraordinaria, motivo por el cual no se dio tratamiento al oficio N° 535/2025 por el que había sido convocada.


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