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RIO TURBIO

Stand de Promotoras de Salud del CIC Padre Carlos Mugica en la XII Edición de la Feria del Libro

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Brindarán asesoramiento personalizado, responderán preguntas y proporcionarán material educativo para fomentar estilos de vida saludables.

El Centro de Integración Comunitaria (CIC) Padre Carlos Mugica de Río Turbio se suma a la XII Edición de la Feria del Libro, con la presencia de su destacado Stand de Promotoras de Salud. Este espacio, ubicado en el Centro Cultural, invita a todos los visitantes a acercarse y aprovechar los servicios y actividades disponibles.

Las Promotoras de Salud, capacitadas y comprometidas con el bienestar de la comunidad, ofrecerán información valiosa sobre hábitos saludables, prevención de enfermedades y cuidado personal. Además, brindarán asesoramiento personalizado, responderán preguntas y proporcionarán material educativo para fomentar estilos de vida saludables.

Este Stand es una oportunidad para que los asistentes a la Feria del Libro se informen sobre temas de salud, consulten dudas y aprovechen las recomendaciones y consejos proporcionados por las Promotoras de Salud. Además, se llevarán a cabo diversas actividades interactivas y dinámicas relacionadas con la promoción de la salud y el bienestar.

Se invita a todos los visitantes de la Feria del Libro a acercarse al Stand de Promotoras de Salud del CIC Padre Carlos Mugica, donde podrán encontrar valiosa información y participar en actividades que promueven la salud y el cuidado personal.


RIO TURBIO

ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

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“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.

Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.

“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).

Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.

Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga


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