SOCIEDAD
Se robaron segundas dosis de Sputnik V y Sinopharm en un vacunatorio

Hace unas semanas, trabajadores de un vacunatorio de Río Ceballos en Córdoba notaron que faltaban segundas dosis de las vacunas contra el coronavirus y luego se supo que habían sido robadas. En total las ampollas robadas fueron 20: 10 de Sputnik V y 10 de Sinopharm.
El hecho ocurrió el sábado 10 de julio en el centro de salud municipal “Doctor Norcelo Cardozo”, ubicado en la localidad de Río Ceballos. Sin embargo, recién se pudo confirmar el robo el lunes 12 de julio.
Todo comenzó cuando las autoridades del vacunatorio notaron que había una diferencia entre el stock físico y el stock que aparecía cargado en el sistema. De esta manera, se procedió a denunciar el hecho en la justicia y en el Ministerio de Salud de Córdoba.
Según declaró el director de Salud municipal, Alejandro Racca, a un medio local, las rejas del lugar estaban intactas por lo que interrogarán a las personas que trabajaron en el vacunatorio. “Las personas que ingresan son solamente aquellas que realizan el triage en el ingreso y van a la consulta“, expresó sosteniendo que sería difícil para alguien robar las dosis por un descuido del personal.
Las vacunas robadas hubieran permitido que se finalice el esquema de inmunización de 20 personas. De todos modos, Racca aseguró que hay suficientes vacunas para poder seguir con la campaña y que no se detenga el proceso de vacunación por las faltantes.
RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
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