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RIO TURBIO

Oportunidad de ecografías generales y mamarias en el Hospital Dr. José Alberto Sánchez Río Turbio

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La Dra. Moreno encabezará sesiones de ecografías mamarias y generales en el hospital, brindando a la comunidad acceso a servicios de salud cruciales. Se detallan las fechas y horarios disponibles.

 El Hospital Dr. José Alberto Sánchez en Río Turbio  anunció la disponibilidad de sesiones de ecografías mamarias y generales, un servicio esencial para la detección temprana y el seguimiento de diversas condiciones médicas. La Dra. Moreno, estará a cargo de estas evaluaciones, brindando atención de calidad a los residentes de la localidad.

Las ecografías mamarias son fundamentales en la detección precoz de anomalías en los senos, lo que puede ser crucial para el diagnóstico temprano del cáncer de mama. Por otro lado, las ecografías generales permiten evaluar diferentes áreas del cuerpo y son útiles para el diagnóstico y seguimiento de una amplia gama de condiciones médicas.

Las fechas y horarios en que se llevarán a cabo estas ecografías son las siguientes:

Martes 05/09: de 14:00 a 18:00 hs.

Jueves 07/09: de 14:00 a 18:00 hs.

Sábado 09/09: de 09:00 a 14:00 hs.

Para acceder a estos servicios, se solicita a los interesados obtener un turno previo. Los turnos serán asignados el día anterior a cada jornada de ecografías. Esta medida busca organizar la atención de manera eficiente y garantizar que cada paciente reciba el tiempo y la atención necesarios para su evaluación.

. La comunidad está invitada a aprovechar esta oportunidad para someterse a estudios que pueden tener un impacto significativo en su salud. La detección temprana de cualquier afección médica puede facilitar tratamientos más efectivos y mejores resultados en general.

El Hospital Dr. José Alberto Sánchez Río Turbio reafirma su compromiso con la salud de la comunidad al proporcionar servicios médicos de alta calidad y promover la conciencia sobre la importancia de la atención preventiva.


RIO TURBIO

ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

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“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.

Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.

“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).

Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.

Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga


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