PROVINCIALES
Nuevo decreto provincial con pautas para el ingreso a Santa Cruz y la vigencia del pase sanitario

El nuevo decreto, firmado por la gobernadora Alicia Kirchner, rige desde el 1° de enero y contiene pautas para el ingreso a Santa Cruz y la vigencia del pase sanitario.

La gobernadora de Santa Cruz, Alicia Kirchner firmó, el Decreto Provincial Nº 002/22 a través del cual la provincia se adhiere a las disposiciones del DNU Nº 867 de fecha 24 de diciembre de 2021, en lo que resulte aplicable y en los términos y condiciones que se detallan en instrumento legal a fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 30 de junio de 2022, inclusive.
El mismo rige desde el 1º de enero y establece la continuidad de distintas medidas y protocolos; pautas para distintos tipos de actividades como así también da a conocer cuáles son las nuevas medidas para el ingreso al territorio provincial.
En el nuevo instrumento legal de aplicación en la provincia de Santa Cruz, se establecen reglas de conductas generales y obligatorias, en todos los ámbitos, tanto públicos como privados. En los mismos se deberán atender las siguientes reglas de conducta:
-Las personas deberán mantener, entre ellas, la distancia establecida en los protocolos vigentes.
-Utilizar tapabocas en espacios compartidos, cerrados y abiertos.
-Ventilar los ambientes en forma adecuada y constante.
-Higienizarse asiduamente las manos.
-Toser o estornudar en el pliegue del codo.
-Dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria provincial.
-En ningún caso podrán circular las personas que revisten la condición de «caso confirmado» de COVID-19, «caso sospechoso», o «contacto estrecho», conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento por disposiciones de normativas vigentes.
Actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario
Otro de los artículos consignados en el nuevo decreto provincial, se focaliza especial atención en las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario, destacando que las mismas son:
-Los viajes grupales de egresados, de estudiantes, de jubilados y jubiladas o similares.
-Las actividades en discotecas, locales bailables o similares, que se realicen en espacios cerrados.
-Las actividades en salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados.
-Eventos masivos de más de mil (1000) personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre.
La Autoridad Sanitaria Provincial de acuerdo a la evolución epidemiológica y condiciones sanitaria de cada una de las localidades que integran la jurisdicción provincial podrá establecer o recomendar medidas, requisitos o condiciones respecto de su realización; así como establecer medidas sanitarias temporarias y focalizadas respecto de la realización de determinadas actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario, con la finalidad de contener los contagios por COVID-19, o para disminuir el riesgo de transmisión.
Actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios
Además el nuevo decreto se refiere al funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios, así como la realización de eventos públicos, deportivos sociales, culturales y religiosos, entre otros. Los mismos se efectuarán según los protocolos aprobados por la autoridad sanitaria provincial según corresponda y que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones emanadas de la referida autoridad y de acuerdo, de corresponder, bajo las pautas que establezca la autoridad sanitaria provincial en los supuestos del artículo precedente.
Ámbito laboral – Trabajadores públicos
A través del instrumento legal, se dispone que los Ministros, Ministras y Titulares de Entes Autárquicos y/o Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, y Consejo Provincial de Educación deberán organizar el funcionamiento de las áreas y/o dependencias a su cargo mediante la implementación de un sistema de turnos según los lineamientos y necesidades de cada jurisdicción que no supere el cincuenta por ciento (50%) de la capacidad del espacio físico, y de acuerdo a los protocolos sanitarios vigentes aprobado por la “Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo” (CyMAT) o al protocolo que resulte aplicable según la normativa vigente.-
Se establece en todos los ámbitos de trabajo la prohibición de reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia establecida en los protocolos vigentes entre los y las concurrentes y sin la ventilación constante y adecuada de todos los ambientes. La parte empleadora deberá adecuar los turnos de descanso, los espacios y los controles necesarios para dar cumplimiento a lo establecido.
Ingreso a la provincia de Santa Cruz – Pase sanitario
En el Artículo 7º, se enuncia que toda persona mayor de seis (6) años, que ingrese vía terrestre o aérea a Santa Cruz, deberá contar con al menos una dosis del esquema de vacunación aplicada 14 días previos al momento del ingreso, en caso contrario deberá presentar un certificado de test de hisopado negativo realizado hasta un máximo de 72 hs. de antelación.
Dicho recaudo, se acreditará con el carnet de aplicación de vacuna emitido por la autoridad de salud respectiva, o por la constancia obrante en la aplicación Mi Argentina.
En el Artículo 8º, se establece que las personas provenientes del exterior y que tengan como destino final alguna localidad en la provincia de Santa Cruz deberán cumplimentar las exigencias y condiciones establecidas en la Decisión Administrativa Nro. 951/2021-APN-JGM dictada por Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y sus modificatorias, debiendo adoptarse los recaudos sanitarios pertinentes conforme las recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional.
Monitoreo permanente
Finalmente, el nuevo decreto provincial, faculta al Ministerio de Salud y Ambiente de la provincia a realizar el monitoreo de la situación epidemiológica (de acuerdo a su dinámica) y disponer mediante resolución fundada las medidas y restricciones que resulten conducentes y calificar los niveles aplicables (riesgo medio y/o alto) a la jurisdicción, localidad o zona de influencia afectada. Además recomienda a los titulares de los Municipios y Comisiones de Fomento, a través de las áreas competentes, se evalúe la factibilidad de requerir a la ciudadanía la presentación de certificados de esquema completo de vacunación para la realización de las actividades y/o eventos que se desarrollen en dichas jurisdicciones.
PROVINCIALES
Diputados aprobaron el proyecto de Ley de Mediación para la provincia de Santa Cruz

Los legisladores sancionaron la iniciativa de la diputada Adriana Nieto, mientras que el proyecto del Ejecutivo Provincial para impulsar reformas que garanticen la imparcialidad del Tribunal de Cuentas, será analizado en comisiones.
Presidida por el vicepresidente 1° de la Cámara de Diputados, Javier Jara, debido a que el vicegobernador se encuentra a cargo del Ejecutivo Provincial, y con la presencia de 21 diputados (con la ausencia justificada del diputado Pedro Luxen), esta mañana se desarrolló la 3° sesión ordinaria en el recinto de la Legislatura Provincial, en donde se trataron y aprobaron proyectos de relevancia que impactan en la vida cotidiana de los santacruceños.
En este contexto, los legisladores aprobaron por mayoría el proyecto de Ley N°499/24 presentado por la diputada Adriana Nieto (Por Santa Cruz) mediante el cual se crea la Ley de Mediación para la provincia de Santa Cruz, que promueve un método pacífico de resolución de conflictos incorporando la figura de los mediadores, moderniza el acceso a la justicia y descomprime el sistema judicial que actualmente se encuentra colapsado.
En este sentido, la autora de la iniciativa destacó que la sanción de esta Ley de Mediación “significa un gran avance en materia de modernización. Este sistema promueve el diálogo cara a cara, la empatía, el acercamiento entre las partes y la resolución de conflictos de una manera más amigable”.
Por otra parte, ingresó el proyecto de Ley N°101/25 elevado por el Poder Ejecutivo Provincial para la creación de la Orgánica del Tribunal de Cuentas de la provincia de Santa Cruz, el cual pasó a las comisiones de Asuntos Constitucionales, Presupuesto y Legislación General; al igual que el proyecto de Ley N°100/25 de autoría de la diputada Adriana Nieto (Por Santa Cruz) de similar espíritu.
Vale destacar que tanto la iniciativa del Ejecutivo Provincial como la de la diputada Adriana Nieto promueven reformas estructurales en el órgano de control externo, tendientes a alcanzar una mayor transparencia y celeridad, garantizando la independencia y la imparcialidad en el control de la Administración Central y una mayor eficiencia en la gestión de los recursos públicos.
Del mismo modo, el proyecto de Resolución N°141/25 -también de Adriana Nieto- mediante el cual solicita al intendente de Río Gallegos, Pablo Grasso, que remita un informe a la Honorable Cámara sobre los hechos que son de público conocimiento en los que se vería involucrada la secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Municipalidad, Dra. Julia Chalub, finalmente pasó a las comisiones de Familias y Asuntos Municipales.
Por último y en igual sentido, la Nota de Gobierno N°001/25 del Poder Ejecutivo Provincial de pedido de acuerdo para conformar la Comisión Especial prevista en el artículo 4° de la Ley N°3809 para designar al Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, pasó a las comisiones de Familias y Asuntos Constitucionales, donde será analizado en profundidad.
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