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Lunes 01 de Septiembre del 2025

SOCIEDAD

La Corte levantó la suspensión de las elecciones en Tucumán tras la renuncia de Manzur

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Pese al rechazo de la oposición, el máximo tribunal decidió por mayoría levantar la cautelar que prohibió los comicios previstos para el domingo pasado.

La Corte Suprema levantó hoy la prohibición de realizar las elecciones en la provincia de Tucumán, como consecuencia del anuncio de Juan Manzur de desistir de su candidatura.

Por mayoría, el alto tribunal dispuso hoy que “dada la renuncia a la candidatura impugnada –aceptada por la Junta Electoral Provincial- corresponde admitir el pedido de levantamiento efectuado por la Provincia de Tucumán”.

En consecuencia, Tucumán quedó en condiciones de votar y la fecha y la modalidad la decidirá la Justicia Electoral local.

La parte resolutiva del fallo dispuso “el levantamiento de la suspensión de la elección a gobernador y vicegobernador de la Provincia de Tucumán”.

La medida fue adoptada en el marco del Juicio Originario 687/2023, impulsado por el Partido por la Justicia Social, a través de “Germán Enrique Alfaro, en su carácter de consejero y presidente de la Mesa Ejecutiva” de esa fuerza.

El planteo objetaba la postulación de Manzur en la fórmula para gobernador y vice, pero ante el nuevo escenario la Corte resolvió habilitar los comicios.

“La Provincia de Tucumán puso en conocimiento del Tribunal que el postulante al cargo de vicegobernador por el Partido Político Frente de Todos por Tucumán para el período 2023-2027, Juan Luis Manzur, renunció a dicha candidatura en los términos que surgen de la nota presentada ante la Junta Electoral Provincial el 11 de mayo del corriente año y solicitó el levantamiento de la medida cautelar”, señaló el tribunal.

La oposición rechazó el levantamiento de la prohibición de celebrar las elecciones, pero el fallo sostiene que “las medidas cautelares subsistirán mientras duren las circunstancias que las determinaron”.

“En cualquier momento en que éstas cesaren se podrá requerir su levantamiento”, destacó la Corte.


PROVINCIALES

Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

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El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.

El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.

La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.

Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.

La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:

“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.

La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.

Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:

“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.

La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.


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