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Lunes 01 de Septiembre del 2025

SOCIEDAD

La Corte le pidió opinión al procurador sobre el reclamo contra la re-reelección de Insfrán en Formosa

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Es el primer paso en la tramitación del reclamo de un legislador por Formosa contra la normativa que permite la reelección indefinida.

La Corte Suprema le pidió hoy a la Procuración General de la Nación que dictamine si el reclamo del legislador formoseño Fernando Carvajal contra la reelección indefinida en la provincia es “competencia” de alto tribunal.

El proveído, firmado por el secretario de la Corte Alejandro Rodríguez, es el primer paso en la tramitación del planteo para que sea declarado inconstitucional un artículo de la Constitución provincial formoseña.

En dos oportunidades anteriores, en 2005 y 2013, la Corte rechazó asumir la “competencia originaria” (convertirse en tribunal único para dirimir el caso) ante objeciones similares contra la reelección indefinida.

Ello significó que la cuestión se definiera en los tribunales locales, donde el planteo contra la reelección indefinida fue rechazado.

Sin embargo, lo hizo con otra integración y otros jueces, por lo que podría ahora variar aquel criterio y asumir el expediente para emitir un fallo, tal como lo hizo con las elecciones de Tucumán y lo hará respecto de las de San Juan en los próximos días.

“Tiénese al peticionario por presentado en el carácter invocado, por constituidos los domicilios procesal y electrónico indicados y denunciado el legal de su mandante”, acogió la Corte la presentación de Carvajal.

De inmediato, el tribunal dispuso que “con el objeto de que dictamine acerca de la competencia del Tribunal, pasen las actuaciones a la Procuración General de la Nación”.

En los casos de Tucumán y San Juan, la procuradora adjunta Laura Monti dictaminó que por tratarse de cuestiones provinciales la Corte federal no debería tomar los casos, pero señaló que hay antecedentes en los que se había hecho excepción a ese criterio.


PROVINCIALES

Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

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El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.

El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.

La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.

Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.

La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:

“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.

La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.

Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:

“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.

La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.


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