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Martes 22 de Abril del 2025

SOCIEDAD

La AFIP endureció los controles sobre las compras online en el exterior

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El organismo bajó de US$3.000 a US$1.000 el tope por envío realizado a través de correo privado. Conocé todos los detalles de la medida.

La AFIP modificó los criterios aplicados a las compras online en el exterior, con el fin de fortalecer los controles sobre este tipo de operaciones de importación. Así, bajó de US$3.000 a US$1.000 el tope por envío realizado a través de correo privado, según la Resolución General 5260/2022 publicada en el Boletín Oficial.

A través de esa norma, el organismo estableció los lineamientos operativos aplicables a los envíos que ingresen a través del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, destinados a personas humanas o jurídicas, conformados por hasta tres unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta 50 kilos y el valor de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los U$S1.000 por vuelo.

Además, dispuso que los prestadores podrán efectuar la solicitud de importación o de exportación para consumo en forma simplificada, siempre que:

— El valor FOB de las mercaderías a exportarse no exceda los US$3.000 para cada remitente del envío.

— El valor FOB de las mercaderías a importarse, consignadas a un mismo destinatario, no excedan los U$S1.000 por vuelo y el peso total del envío sea de hasta 50 kg.

Para realizar compras online, es necesario contar con determinados medios de pago, como tarjeta de crédito, sistema PayPal, Western Union, entre otros.

La AFIP justificó esta decisión al señalar que como consecuencia de acciones de control y fiscalización ejecutadas en los distintos regímenes de importación, entre ellos el Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, «se detectaron irregularidades las cuales derivaron en denuncias infraccionales y/o penales, según el caso, circunstancia que evidencia la necesidad de adoptar medidas tendientes al debido resguardo de la renta fiscal».

Por ese motivo, destacó que la medida «se adopta por razones de oportunidad, mérito y conveniencia en materia de política económica».


RIO TURBIO

Llamado a elecciones en el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Rio Turbio

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La Junta Electoral convoca a todos los afiliados del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Rio Turbio a elecciones para el día 04 de julio del 2025, en el horario de 08.00 a 18.00 horas.

V   I   S   T   O:

                          La necesidad de establecer la fecha de los comicios para la renovación de la Comisión Directiva  del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Rio Turbio.-

CONSIDERANDO:

                            Que se  debe cumplimentar lo establecido  por el Estatuto Gremial, aprobado por Resolución MTE y S: S Nª 972/12, concordando con la Ley Nacional Nª 23.551 y Decreto Reglamentario Nª487/1988.-

                            Que se hace necesario el dictado del instrumento Legal pertinente.-                            

POR ELLO:

LA JUNTA ELECTORAL DEL SINDICATO DE OBREROS

Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE RIO TURBIO

R E S U E L V E

ARTICULO 1º: CONVOCAR,  a todos los afiliados del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Rio Turbio a elecciones para el día 04 de julio del 2025, en el horario de 08.00 a 18.00 horas.-

ARTICULO 2°: DEJAR, establecido que los cargos a cubrir son los de Comisión Directiva, Comisión Revisora de Cuentas y Delegados ante la Federación.-

ARTICULO 3°: ESTABLECER,  que el acto eleccionario se llevara a cabo en las instalaciones del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Rio Turbio, sito en Gobernador Moyano Nª 482, en la Secretaria de Obras y Servicios, ubicada en Av. Los Mineros Nª 45 y en las instalaciones Dirección de Recursos Humanos, sito en calle Juan José Paso.-

ARTICULO  4º: DETERMINAR, que el plazo de presentación de listas y avales vencerá el día 23 de Mayo de 2025.-

ARTICULO 5ª: ESTIPULAR, que las listas que se presenten para la oficialización deberán observar la disposición del Estatuto Sindical aprobado por Resolución MTE y S.S Nª972/12.-

ARTICULO 6ª: REGISTRESE, notifíquese, publíquese y cumplido archívese.-

ORTIZ, VANESA LORENA           BARRIENTOS, LEONELA             CASTRO, MARGARITA

       VOCAL TITULAR                            SECRETARIA                                 PRESIDENTA

RESOLUCION J. E .S.O.E.M. R. T  Nº 001/2025.- Río Turbio, 22 de Abril de 2.025.-


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