RIO TURBIO
El Hospital Cuenca Carbonífera informa sobre profesionales itinerantes en el mes de junio

Estas visitas permitirán ofrecer una amplia gama de especialidades médicas y garantizar una atención integral a los pacientes.
El Hospital Cuenca Carbonífera desea informar a la comunidad sobre la presencia de diversos profesionales itinerantes que estarán brindando sus servicios en el nosocomio durante el mes de junio. Estas visitas permitirán ofrecer una amplia gama de especialidades médicas y garantizar una atención integral a los pacientes.
A continuación, se detalla la agenda de los profesionales itinerantes que estarán disponibles en el hospital durante junio:
DR. NELLI, CESAR AUGUSTO. Ginecólogo. Estará presente los días 5, 6, 7, 8 y 9 de junio.
DR. SAAVEDRA, NICOLAS. Neurocirujano. Brindará sus servicios del 12 al 19 de junio.
DRA. SALDIVIA, SORAYA. Psiquiatra. Estará disponible los días 15, 16 y 17 de junio.
DRA. BOND, GERALDINE. Ginecóloga. Atenderá del 18 al 30 de junio.
DR. VALLE, SANTIAGO. Gastroenterólogo infantil. Disponible el 20 de junio.
DR. BATAGELJ, EMILIO. Estará presente el 24 de junio.
DR. GOMEZ BRUNO: Cirujano. Brindará sus servicios del 26 de junio al 7 de julio.
DRA. RINGER. Reumatóloga para adultos. Estará disponible los días 26, 27 y 28 de junio.
Además, se contará con la presencia de traumatólogos en diferentes fechas:
DR. SANCHEZ: Del 4 al 10 de junio.
DR. MORI: Del 11 al 17 de junio.
DR. BARRACHINA: Del 18 al 24 de junio.
DR. CALO: Del 25 de junio al 1 de julio.
Para solicitar turnos, se puede acudir a la mesa de entrada del hospital o comunicarse telefónicamente al número 422856 o al 2966560540 en el horario de atención de 08:00 a 16:00, de lunes a viernes.
El Hospital Cuenca Carbonífera se enorgullece de contar con la presencia de estos profesionales altamente capacitados, quienes brindarán una atención especializada y de calidad a los pacientes de la comunidad. Se invita a todos aquellos que requieran de los servicios médicos mencionados a aprovechar esta oportunidad y solicitar sus turnos en el horario establecido.
RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
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