SOCIEDAD
El Gobierno deja sin efecto el distanciamiento social obligatorio

Lo hizo a través de una resolución del Ministerio de Salud donde se detallan las nuevas medidas de prevención.
A dos años de haberse decretado el confinamiento a raíz de la pandemia de coronavirus, el Gobierno actualizó una vez más las recomendaciones y cuidados para evitar nuevos contagios. Entre los puntos más sorpresivos de la Resolución 705/2022, publicada este viernes en el Boletín Oficial, figura la eliminación del distanciamiento social obligatorio de dos metros.
Tal y como lo expresa la letra del documento firmado por la titular de la cartera de Salud, Carla Vizzotti, se actualizaron las «recomendaciones de cuidado generales para la prevención de COVID-19 y otras enfermedades respiratorias agudas».
La normativa establece «continuar con el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público». De esta forma, el Ministerio de Salud se diferenció del Gobierno de la ciudad que desde el 18 de marzo dejó sin efecto la obligatoriedad del uso de barbijo en las escuelas y en la vía pública.
Otro de los cuidados que aún persiste es la ventilación de los ambientes, la higiene adecuada y frecuente de manos, así también, la indicación de toser y estornudar sobre el pliegue del codo.
Asimismo, otra de las medidas que quedó sin efecto dentro del protocolo para prevenir el Covid – 19 es «la obligatoriedad del autorreporte de síntomas en la aplicación ‘Cuidar'». Es decir, los ciudadanos estarán exentos de efectuar el autodiagnóstico de la app Cuidar.
Por otra parte, en referencia a las relaciones laborales, la cartera liderada por Vizzotti indicó que para determinar la modalidad de prestación de servicios laborales -presencial o remota-, se recomienda la realización de «una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo».
Las nuevas recomendaciones generales fueron consensuadas en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA), que se reunió el pasado 18 de marzo. Estas medidas serán adaptadas por las jurisdicciones según su situación epidemiológica, la campaña de vacunación, y la evaluación del riesgo de exposición de cada actividad.
RIO TURBIO
Cruz Dante Ariel Y Otra c/ Cabrera Eduardo Fabio S/ Tutela

Edicto judicial del Juzgado Provincial de Primera Instancia N° 1 de Río Turbio — Secretaría de Familia — en el marco del expediente por tutela.
EDICTO Nº 06/25
Por disposición de S.S. la Sra. Juez Titular Dra. ROMINA R. FRIAS, a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, De Minería, y De Familia Número Uno de la localidad de Río Turbio, sito en Avda. Teniente de Navío Agustín del Castillo Nº 197 esquina Pte. Luis Sáenz Peña del Barrio «Comercial» de la localidad de Río Turbio, Departamento Güer-Aike (Provincia de Santa Cruz) – (CP/: Z-9.407-CAH); Secretaría de Familia a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados: CRUZ DANTE ARIEL Y OTRA C/ CABRERA EDUARDO FABIO S/ TUTELA, Expte. Nº C-12440/25, cita y emplaza al Sr. Eduardo Fabio Cabrera, DNI N° 37.316.533 para que en plazo de quince (15) días a partir de la última publicación, comparezca a estar a derecho (arts. 146º y 147º del C.P.C. y C.), bajo apercibimiento de designarle Defensor del Ausente en caso de incomparecencia (art. 320º del Código de rito).
Publíquese en el Diario de mayor circulación en la localidad, Patagonia Nexo, por el término de tres (3) días.
RÍO TURBIO, 20 DE MAYO DE 2025.
Dra. Mariel R. REINOSO – Secretaria de Familia
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