Reforma laboral: el Gobierno define la versión final del proyecto que enviará al Congreso

Con cambios en contrataciones, vacaciones, convenios colectivos e incentivos a la formalización, el Ejecutivo busca “modernizar el empleo en Argentina” con un paquete que redefine reglas laborales, limita prácticas sindicales y crea nuevos regímenes para sectores específicos.

Info. General09 de diciembre de 2025Patagonia NexoPatagonia Nexo
Captura de pantalla 2025-12-09 124514

El Gobierno nacional terminó de delinear el proyecto final de reforma laboral que será enviado al Congreso en los próximos días. La iniciativa, que se trabajó durante meses en el marco del Consejo de Mayo, incorpora modificaciones profundas al sistema actual con el objetivo —según la Casa Rosada— de establecer reglas “claras, previsibles y acordes a las dinámicas productivas actuales”.

Entre los ejes más destacados aparecen el fraccionamiento de vacaciones, la creación de un banco de horas, salarios con componentes dinámicos, un Régimen de Incentivo a la Formalización y cambios que limitan el accionar sindical, además de beneficios fiscales para empleadores y actualizaciones en convenios colectivos.

Cambios en la Ley de Contrato de Trabajo
La reforma plantea un giro interpretativo: elimina la “justicia social” como criterio para aplicar la norma y otorga fuerza de cosa juzgada a los acuerdos conciliatorios homologados, con el fin de reducir la judicialización laboral.

También deja sin efecto la aplicación analógica de convenios colectivos y establece que los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales. La registración laboral se simplifica y se prohíben requisitos adicionales a los establecidos por ARCA.

Se crea además el Programa de Formación Laboral Básica, mientras desaparecen menciones directas a organizaciones sindicales.

Conceptos remunerativos y nuevas dinámicas salariales
El proyecto redefine qué rubros integran la remuneración para disminuir conflictos en torno a indemnizaciones. Beneficios sociales —como comedor o planes médicos— dejan de computarse como salario.

Otros puntos clave:

  • Las propinas no serán consideradas remuneración.
  • La negociación colectiva podrá incorporar componentes salariales dinámicos por mérito.
  • El sueldo podrá abonarse tanto en pesos como en moneda extranjera.

 
Vacaciones, licencias y banco de horas
Se habilita el fraccionamiento de vacaciones desde un mínimo de 7 días corridos y se incorpora la posibilidad de implementar un banco de horas voluntario.

También se endurecen los requisitos para justificar licencias por enfermedad, con certificados más detallados y junta médica ante discrepancias.

En casos de accidentes o enfermedades que reduzcan capacidades de forma permanente, se mantiene la obligación de conservar el empleo, aunque se permite adecuar el salario.

 
Período de prueba, contratos y extinción
Otros cambios relevantes:

  • Se elimina la reserva de empleo para cargos electivos.
  • No habrá preaviso durante el período de prueba.
  • La falta de manifestación de continuidad en contratos permanentes por más de dos meses constituirá causal de extinción por mutuo acuerdo.

 
Indemnizaciones: definición y precisión de criterios
El esquema general no cambia: un mes de sueldo por año trabajado en despidos sin causa.
Pero el proyecto define con exactitud:

  • Remuneración: solo lo devengado y pagado mensualmente.
  • Habitualidad: conceptos cobrados al menos 6 meses en el último año.
  • Normalidad: promedio de variables (horas extra, comisiones, premios) en los últimos 6 meses o el año completo si beneficia al trabajador.

 
Fondos de Asistencia Laboral (FAL)
Se crean los FAL, un mecanismo diseñado para ayudar a los empleadores a cubrir indemnizaciones. Serán administrados por entidades habilitadas por la CNV y se constituirán con un aporte mensual del 3% sobre la base salarial del SIPA.

Quienes ingresen al régimen podrán descontar tres puntos porcentuales de la contribución patronal.

Empleo doméstico y repartidores

Casas particulares

  • El período de prueba se amplía de 30 días a 6 meses.
  • Los recibos serán electrónicos.
  • La constancia bancaria servirá como prueba suficiente de pago.

Reparto y mensajería por aplicaciones
El proyecto incorpora un régimen específico que reconoce derechos como:

  • Rechazar pedidos sin justificación.
  • Recibir fundamentos ante bloqueos o suspensiones.
  • Acceder a datos recopilados por la app.
  • Pago del 100% de las propinas.
  • Libertad total de conexión, cantidad de viajes y herramientas de navegación.
  • Seguro de accidentes personales acordado entre partes.
  • Inscripción obligatoria en ARCA y acceso a seguridad social estilo monotributo social.

 
Cambios en convenios colectivos
El proyecto elimina la ultraactividad: los convenios vencidos seguirán vigentes solo en sus cláusulas de condiciones laborales y únicamente hasta que se firme un nuevo acuerdo o se prorrogue expresamente.

Además:

  • La autoridad laboral podrá suspender cláusulas cuando generen “distorsiones económicas graves”.
  • Los convenios de menor ámbito tendrán prioridad sobre los de ámbito mayor, revirtiendo el criterio histórico.

Asociaciones sindicales: nuevas restricciones
Las asambleas deberán ser autorizadas previamente por el empleador, indicando horario y duración. Si se realizan dentro del establecimiento también requerirán permiso de uso del espacio.
El tiempo de asamblea no será remunerado.

Se simplifica el camino para que sindicatos de empresa obtengan personería, se reduce a 10 horas semanales el crédito horario de los delegados y se actualiza la legislación sobre tutela sindical.

Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL)
Con una vigencia inicial de un año, este régimen ofrece importantes reducciones en contribuciones patronales para nuevas incorporaciones durante los primeros 48 meses.

Podrán acceder trabajadores que cumplan condiciones como:

  • No tener empleo registrado al 10/12/2025.
  • Estar desocupados por 6 meses.
  • Ser monotributistas previos.
  • Haber tenido su último empleo en el sector público.

Los beneficios no aplican a empresas del REPSAL ni a contrataciones consideradas abusivas.

Beneficios para empleo ya registrado
El proyecto prevé reducciones en contribuciones patronales desde el mes siguiente a la promulgación.

  • Obras sociales: de 6% a 5%.
  • Seguridad social:
  1. Servicios y comercio grandes: de 20,40% a 17,40%.
  2. Resto del sector privado: de 18% a 15%.


También se suma un pago del 3% sobre la base para SIPA.

Se incorpora además un mecanismo para regularizar empleo no registrado, condonar deudas y reconocer hasta 60 meses previsionales a trabajadores blanqueados.

Te puede interesar