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Jueves 24 de Abril del 2025

INFO. GENERAL

Como reclamar si no te devolvieron el 21% del IVA en compras

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La medida anunciada por el gobierno se implementó hace una semana pero en algunos casos los reintegros no se efectuaron. Te explicamos como hacer.

El programa Compre Sin IVA entró en vigencia el lunes de la semana pasada. Se trata de una propuesta del Gobierno, que fuera anunciada por el ministro de Economía y candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa, cuyo fin es la devolución del tributo a quienes compren alimentos o productos de higiene y perfumería en comercios habilitados con tarjeta de débito, física o electrónica.

Entre 24 y 48 horas después de efectuado el pago, la AFIP realiza el reintegro en la caja de ahorro asociada a la tarjeta de débito. Esto comenzó a verse reflejado en los extractos bancarios de más de 3 millones de usuarios el viernes pasado; sin embargo, hubo muchas quejas de personas que, habilitadas para el beneficio, hicieron compras, pero no recibieron su reintegro.

Una de las razones por la que esto puede suceder tiene que ver con que es necesario que la AFIP conozca el CBU vinculado a la tarjeta con la que se hizo el pago. Esto debe declararse.

Devolución del IVA a alimentos: cómo puede impactar en la inflación

Habitualmente, cuando el empleado está contratado en relación de dependencia, no hace falta hacer nada porque el organismo tiene la información por el empleador, no obstante eso en algunos casos hay que hacer el registro de manera manual. En caso de tener que declarar la CBU, se debe ingresar a http://afip.gob.ar, luego colocar CUIL/CUIT/CDI y clave fiscal y clickear en «Declaración de CBU» en el menú de servicios habilitados, donde se podrá hacer el registro.

Cómo funciona Compre Sin IVA

1. ¿Quiénes están incluidos?

Abarca a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, así como quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos. De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados. También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

2. ¿Quiénes no están incluidos?

Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos. El reintegro se hace sobre los pagos realizados con tarjeta de débito.

El CBU debe declararse en la página de la AFIP

3. ¿Cómo se debe abonar para acceder al beneficio?

Para acceder al beneficio se debe abonar con tarjeta de débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR. En el último caso, a la hora de pagar, hay que elegir la tarjeta de débito asociada, no la opción «dinero en cuenta».

4. ¿Cuándo y cómo se reintegra el dinero?

Luego de la transacción, el monto se reintegra a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17.

5. ¿Cómo veo el reintegro en el resumen?

Una vez realizados los reintegros, estos aparecerán en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador «Reintegro programa Compre sin IVA».

6. ¿Dónde se puede acceder al beneficio?

En los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.

7. ¿Se devuelve el IVA en compras hechas por internet?

Sí, cuando se trate de un pago hecho con tarjeta de débito a comercios de las categorías mencionadas anteriormente. Esto quiere decir que si se hace una compra de supermercado online y se paga con débito, por ejemplo, se hace el reintegro.

El reintegro se hace entre 24 y 48 horas después de realizada la compra.

8. ¿El descuento se discrimina por producto?

No, se hace sobre el valor total final del ticket.

9. ¿Hasta cuándo estará vigente el beneficio?

Hasta el 31 de diciembre.

10. ¿Cómo revisar si estoy incluido en el beneficio?

Para saber cada caso particular se deben seguir los siguientes pasos:

-Ingresar al sitio web de la AFIP

-Escribir el número de CUIT, sin guiones ni puntos

-Completar el código de seguridad alfanumérico que arroja el sistema

-Hacer click en el botón consultar  (MDZOL) 


INFO. GENERAL

Cuando cobro en la Caja de Previsión: fecha de pago y cómo son los aumentos de abril

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Los jubilados, pensionados y retirados de la provincia de Santa Cruz cobrarán sus haberes correspondientes al mes de abril este jueves 24.

Así lo informó la Caja de Previsión Social (CPS) en cumplimiento de la Ley 3840 de pago de haberes a las personas jubiladas, retiradas y pensionadas. La norma, reglamentada en octubre de 2023 a través del Boletín Oficial de Santa Cruz, establece que la acreditación de ese haber “deberá ser abonado de forma integral y total, el día 24 de cada mes”.

Por otra parte, la Ley indica que, “para el caso eventual, de que la fecha del pago del beneficio fuera un día inhábil, se hará efectivo el día más próximo hábil anterior a la fecha establecida”.

Tal como ocurre cada mes, los recibos de haberes estarán disponibles para su descarga en la página oficial del organismo previsional (cps.gov.ar).

Aumentos de abril para jubilados, pensionados y retirados

Según se detalla, las escalas salariales correspondientes a abril han sido aplicadas en los siguientes regímenes:

Administración Pública Provincial: 3,3%

Asignación Trans – Ley N° 3724: 3,3%

V.G.M – Ley N° 2747: 3,3%

Aeronáuticos: 3,3%

ASIP: 3,3%

Banco Santa Cruz: 2,7%

Docente: 4,3%

Instituto de Energía: 3,3%

Luz y Fuerza SPSE: escala de Enero (incremento de adicional remunerativo)

Autoridades Superiores SPSE: escala de Enero (incremento de adicional remunerativo)

FENTOS: escala de Enero (incremento de adicional remunerativo)

Caja de Previsión Social: 3,3%

Policía: 3,3%

Poder Judicial: 3%

Salud: 3,3%

FOMICRUZ: 3,3%

Cámara de Diputados: 3,2%

Autoridades Superiores Cámara de Diputados: 3,2%

IDUV: equivalente a un 10%

Vialidad Provincial: 3,3%

Municipalidad de Caleta Olivia: 10%

Docentes de Caleta Olivia: escala Salarial de abril 2025

Municipalidad de Calafate: escala de abril de 2025

Municipalidad de Piedra Buena: 20 %

Municipalidad de Puerto San Julián: 20%

Municipalidad de Pico Truncado: 5%

Municipalidad de Perito Moreno: 5%

Incremento por liquidación complementaria en abril

Vialidad Provincial: escala de febrero (2,5%) y marzo (3,2%)

SATSAID: escala de febrero (2,5%), marzo (3,2%) y abril (3,3%)

Cámara de Diputados: escala de abril (5,3%)

Autoridades Superiores (Decreto 49/17): escala de abril (solo títulos)


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