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La legislatura aprobó la Emergencia Alimentaria y Administrativa en Santa Cruz

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Fue con 22 votos a favor. La oposición acompañó el proyecto del Ejecutivo. Tendrá una duración de tres meses y una Comisión de Seguimiento compuesta por un diputado de cada bloque. Qué implica esta ley.

La Cámara de Diputados aprobó la Ley de Emergencia Alimentaria y Administrativa esta tarde en el recinto.

De esta manera, el Ejecutivo logró el consenso que buscaba con la oposición para aprobar esta norma que otorga poderes que le dan celeridad en la compra en contratación a las carteras de Educación, Salud y Desarrollo Social.  

el punto de quien controlaba la norma, fue dispuesto de una manera en la cual un integrante de cada bloque formará parte de la Comisión de Seguimiento. 

Qué dice la ley

LEY EMERGENCIA ALIMENTARIA Y ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO I

DECLARACIÓN, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PLAZO

Artículo 1.- DECLÁRASE el Estado de Emergencia Administrativa y Alimentaria en la prestación y adquisición de insumos y alimentos en el área de Educación, Salud y Desarrollo Social a cargo de la Administración Pública Provincial Centralizada.

El estado de emergencia tendrá pazo de duración de tres (3) meses a partir de su entrada en vigencia. Prorrogable con la anuencia del Poder Legislativo.

CAPÍTULO II

ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS

Artículo 2.– SUPEDÍTASE todo trámite de adquisición de bienes, contratación de servicios y de obras, en el ámbito de la Salud, la Educación y Desarrollo Social, en cuanto a contratación de servicios, así como todo otro acto administrativo que implique compromiso de erogaciones a cargo del Estado Provincial en cualquier modalidad, a la previa autorización expresa por parte del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura. A tal efecto, el titular del ministerio u organismo requirente, deberá, solicitar la autorización pertinente según la modalidad que establezca el ministerio mencionado, indicando las fechas estimadas en que se deberá realizar las erogaciones correspondientes.

Artículo 3.- Previo cumplimiento de lo establecido en el Artículo 2 de la presente ley, autorízase al Ministerio de Desarrollo Social, Igualdad e Integración, Ministerio de Salud y Ambiente y Consejo Provincial de Educación, a contratar de manera directa y excepcional y por el término antes citado la ejecución de obras, la provisión de bienes, servicios y alimentos que resulten necesarios para garantizar el cumplimiento de las funciones estatales, mantenimiento de la infraestructura y la provisión de servicios públicos, durante el plazo de vigencia de la emergencia declarada por el Artículo 1 de esta ley, cualquiera sea la modalidad de contratación, excepcionalmente y de manera fundada, los procedimientos ordinarios previstos en la Ley 3755 y modificatorias Ley 3810.

CAPÍTULO III

COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

Artículo 4.- CRÉASE la Comisión de Seguimiento de la presente Ley de Emergencia en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados, la que estará integrada por tres (3) diputados, uno (1) por cada Bloque Político Parlamentario. La Comisión deberá; indefectiblemente; requerir al Poder Ejecutivo Provincial y/o a los órganos de contralor internos y externos, la información que considere necesaria y practicar las observaciones, propuestas y recomendaciones que estime pertinente en función de las previsiones de la presente ley.

CAPÍTULO IV

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 5.- El Poder Ejecutivo Provincial dictará los reglamentos de ejecución necesarios para la efectiva instrumentación de las disposiciones precedente.

Artículo 6.– INVÍTASE a los Municipios y Comisiones de Fomento a adherir a la presente.

Artículo 7.– La presente ley entrará en vigencia al día siguiente al de su publicación.

Artículo 8.- DE FORMA.- 


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El gobierno de Santa Cruz oficializó la suba en asignaciones familiares: los nuevos montos

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El decreto consiste en un aumento en las asignaciones familiares, que llegan hasta los 21 mil pesos por hijo. Fue firmado el 9 de mayo, pero este 17 de mayo se publicó en el Boletín Oficial.

«Los nuevos montos de las asignaciones familiares se elevaron de manera significativa», dijo la ministra de Economía.

El Gobierno de la provincia de Santa Cruz comunicó la actualización de las asignaciones familiares por hijo, para los trabajadores estatales de la provincia acorde al Decreto 0428/2024, publicado este pasado jueves en el Boletín Oficial, con la firma del gobernador Claudio Vidal, pero que fue firmado el pasado 9 de mayo. 

Esta información, ya había sido comunicada por el gobierno en la paritaria docente.

Este incremento, mayor al 60%, representa una medida esencial para mejorar los ingresos reales de las familias santacruceñas.

La ministra de Economía, Finanzas e Infraestructura, Marilina José Jaramillo, explicó que «los nuevos montos de las asignaciones familiares se elevaron de manera significativa y la decisión del gobernador Vidal responde a la necesidad urgente de proteger el poder adquisitivo de los empleados públicos en un contexto económico desafiante, donde la inflación ha erosionado los salarios de manera considerable. Todo esto en medio de una crisis sin precedentes, con reducciones muy importantes de los aportes que debería realizar el gobierno nacional, y que no está haciendo».

Los nuevos montos:

Asignación por Hijo: $21,000.00

Asignación Prenatal: $21,000.00

Asignación por Hijo con Discapacidad: $42,000.00

Jaramillo afirmó que «los incrementos no sólo tienen como objetivo paliar los efectos de la inflación, sino también asegurar que los beneficios sociales mantengan su relevancia y efectividad. Creemos que las nuevas sumas otorgadas, representan un alivio financiero significativo para las familias trabajadoras, ayudándolas a enfrentar el aumento de los costos de vida».

La funcionaria a cargo de la economía provincial, destacó que «el incremento en la asignación por hijo con discapacidad es especialmente beneficioso para las familias que requieren mayores recursos para cuidados específicos, más aún en un contexto de crisis como el que vivimos».

Desde el gobierno, indicaron que al ajustar las asignaciones, se busca «reducir las desigualdades y apoyar a aquellos sectores más vulnerables, garantizando que los beneficios sociales se distribuyan de manera equitativa, para ayudar a amortiguar los efectos adversos de la inflación».

El decreto también faculta al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a implementar las medidas necesarias para hacer operativo este incremento y ajustar los presupuestos correspondientes. Esta medida integral asegura que el aumento sea sostenible y se ejecute de manera eficiente.


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