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SOCIEDAD

Se robaron segundas dosis de Sputnik V y Sinopharm en un vacunatorio

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Hace unas semanas, trabajadores de un vacunatorio de Río Ceballos en Córdoba notaron que faltaban segundas dosis de las vacunas contra el coronavirus y luego se supo que habían sido robadas. En total las ampollas robadas fueron 20: 10 de Sputnik V y 10 de Sinopharm.

El hecho ocurrió el sábado 10 de julio en el centro de salud municipal “Doctor Norcelo Cardozo”, ubicado en la localidad de Río Ceballos. Sin embargo, recién se pudo confirmar el robo el lunes 12 de julio.

Todo comenzó cuando las autoridades del vacunatorio notaron que había una diferencia entre el stock físico y el stock que aparecía cargado en el sistema. De esta manera, se procedió a denunciar el hecho en la justicia y en el Ministerio de Salud de Córdoba.

Según declaró el director de Salud municipal, Alejandro Racca, a un medio local, las rejas del lugar estaban intactas por lo que interrogarán a las personas que trabajaron en el vacunatorio. “Las personas que ingresan son solamente aquellas que realizan el triage en el ingreso y van a la consulta“, expresó sosteniendo que sería difícil para alguien robar las dosis por un descuido del personal.

Las vacunas robadas hubieran permitido que se finalice el esquema de inmunización de 20 personas. De todos modos, Racca aseguró que hay suficientes vacunas para poder seguir con la campaña y que no se detenga el proceso de vacunación por las faltantes.


RIO TURBIO

Rio Turbio: vehículos abandonados en espacios públicos

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Desde el municipio local solicitan a través de una circular que deberán retirar de espacios públicos rodados abandonados, sito en Barrio Los Ñires calle 28 de Noviembre, entre 9 de Julio y Comodoro Py.

Por medio de la presente, se informa que los vehículos identificado como abandonado en el espacio público deberá ser retirado en un plazo perentorio de 5 (cinco) días a partir de la fecha de notificación de este comunicado.

En caso de no cumplirse con el retiro dentro del plazo estipulado, se procederá a la retención del rodado conforme a lo establecido en la Ley de Tránsito N° 24.449, Artículo 72, Inciso C5.

Se solicita a los propietarios tomar las medidas necesarias para evitar la aplicación de sanciones adicionales.


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