SOCIEDAD
El Ministerio de Salud dejó sin validez las recetas médicas enviadas por mail o WhatsApp

El Ministerio de Salud dispuso que ya no serán válidas las recetas confeccionadas en papel y enviadas vía web, mail o WhatsApp para solicitar un tratamiento en las farmacias, según la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial «porque no tienen los mecanismos de seguridad adecuados», explicó Claudio Ortiz, subsecretario de Calidad, Regulación y Fiscalización del organismo.
La resolución Nº3622/2022, que entró en vigencia este lunes con su publicación en el Boletín Oficial, derogó la resolución Nº 696/20 del 31 de marzo de 2020, que habilitaba la presentación en la farmacia de prescripciones en formato de mensaje de texto o mensajes «a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax», indicó el texto.
«Se vuelve al sistema que regía antes de la pandemia, o sea la receta en papel con firma holográfica del médico, o la receta electrónica o digital para aquellos prestadores que disponen de estos sistemas, como por ejemplo el PAMI», explicó a Télam Ortiz.
Con motivo de la ampliación de la emergencia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, se autorizaron modificaciones en la prescripción y dispensa de medicamentos psicotrópicos u otros para la atención de patologías crónicas y eventualmente agudas mientras dure la emergencia.
De esta forma, la resolución derogada permitía presentar la prescripción médica en la farmacia «a fin de que el paciente no deba presentarse al centro de salud u hospital para que le sea renovada la receta de medicamentos crónicos y/o cualquier otro medicamento que utilice habitualmente».
Los motivos de la derogación se deben a que la vía de excepción implementada durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) «no tiene todos los mecanismos de seguridad que sí tienen las recetas electrónicas o digitales, y era solo aceptable en un contexto de emergencia», explicó Ortiz.
En cambio, con las recetas electrónica o digitales, «la identificación del paciente, el profesional y el medicamento se hacen de acuerdo con mecanismos de seguridad que las hacen unívocas, lo que no ocurre con las fotos de las recetas en papel, que, por ejemplo, pueden ser falsificadas», agregó.
En este sentido, el funcionario remarcó que con la nueva medida, y «como antes del ASPO, los pacientes crónicos pueden recibir las recetas correspondientes a 60 o 90 días de tratamiento para evitar la concurrencia mensual».
Otra alternativa posible para los pacientes es que «reciban la receta electrónica/digital con firma electrónica, si su prestador dispone de ese sistema».
Consultado sobre si la nueva regulación también comprende las prescripciones enviadas a clínicas, hospitales y/o exámenes de laboratorios, Ortiz aclaró que abarca «solo a prescripción de medicamentos y su venta en farmacias».
Si bien la ley de prescripción de recetas electrónicas y la teleasistencia en salud, que fue aprobada por el Senado el 23 de julio de 2020 aún «no está reglamentada, tiene un expediente de reglamentación que se está tramitando en el ministerio», aseguró Ortiz.
Esta iniciativa autoriza la prescripción médica, odontológica o de otros profesionales de las recetas o estudios médicos a todos los profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada.
De este modo, se determinó que los medicamentos prescriptos en receta de formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados.
También se estableció que los responsables de la fiscalización de los sistemas de receta electrónica y plataformas de teleasistencia deben «garantizar la custodia de las bases de datos de asistencia profesional virtual (historias clínicas digitales), prescripción, dispensación y archivo».
Según lo publicado hoy en el Boletín Oficial, a partir del avance de las coberturas de vacunación, «se ha logrado disminuir de manera considerable la incidencia de enfermedad grave y la mortalidad por Covid-19, independientemente de la variante circulante».
El impacto del coronavirus en 2022 «se da en el marco de una población con altas coberturas de vacunación», en la que «la ocupación de camas de terapia intensiva por Covid-19, todas las provincias se ubican por debajo del 78% de ocupación».
En relación a la cobertura de vacunación, el Boletín Oficial consignó que, desde el inicio de la campaña nacional de vacunación de Covid-19 hasta el 19 de diciembre de 2022 «se alcanzó una cobertura del 82% en población general y 86,1% en mayores de 3 años con esquema primario».
PROVINCIALES
Movimiento Peronista Santacruceño rechaza lista del Frente Fuerza Santacruceña

El espacio político asegura que la nómina presentada carece de representación peronista y critica que los candidatos fueron designados sin consulta a la militancia. Denuncian un uso indebido del sello del Justicialismo en la provincia.
El Movimiento Peronista Santacruceño (MPS) manifestó públicamente su rechazo a la lista presentada bajo el sello del denominado Frente Fuerza Santacruceña, frente electoral en el que supuestamente participa el Partido Justicialista. Según el MPS, dicha nómina carece de representación genuinamente peronista, ya que no incluye a ningún militante del movimiento.
En el comunicado difundido por las agrupaciones que integran el MPS, se destaca que la lista está conformada por un sacerdote desautorizado por la Iglesia, una referente del PRO y del radicalismo, y un doctor de extracción radical. “Estos nombres no representan ni la historia, ni los principios, ni la doctrina del peronismo”, expresaron.
Los referentes del MPS señalaron además que esta situación es consecuencia directa de la negativa de la conducción del Partido Justicialista de Santa Cruz a convocar a elecciones internas, tal como lo establece la Carta Orgánica del partido y como ellos lo solicitaron oportunamente. Denunciaron que los candidatos fueron designados “a dedo”, sin consulta a la militancia y sin respetar la vida interna del partido, lo que consideran una vulneración a la democracia interna.
El MPS reafirmó su compromiso con la participación, la transparencia y la plena vigencia de la democracia interna, advirtiendo que no convalidarán listas que se aparten del espíritu y de la práctica del movimiento peronista.
La organización está conformada por diversas agrupaciones de la provincia, entre ellas el Movimiento de Agrupaciones Peronistas (M.A.P.), la Coordinadora de la Militancia Peronista, la Agrupación Santacruceña, 8 de Octubre, Reencuentro Peronista, Base Peronista y la Unidad Básica Construimos Futuro.

-
RIO TURBIO2 días atrás
Pablo Gordillo sobre la transformación de YCRT: “Esto no es un proceso de vaciamiento”
-
PROVINCIALES16 horas atrás
Movimiento Peronista Santacruceño rechaza lista del Frente Fuerza Santacruceña
-
PROVINCIALES2 días atrás
La Iglesia rompe con el cura Molina: su candidatura es solo “una decisión personal”
-
28 DE NOVIEMBRE2 días atrás
28 de Noviembre fortalece el futuro de los jóvenes con un nuevo acuerdo de Prácticas Profesionalizantes