PROVINCIALES
Liliana Toro presentó la modificación de la Ley de Lemas

El objeto es garantizar la paridad de género en los ámbitos de representación política en consonancia con la Ley 27412. La diputada propone respetar la composición del 50 por ciento para cada género, ubicando de manera intercalada a mujeres y varones titulares y suplentes.
Este jueves tomará estado parlamentario el proyecto de Ley N° 528/22 de la diputada por el Pueblo de Caleta Olivia, Liliana Toro por el que propone efectuar cambios en la Ley de Lemas N°2052 y sus modificatorias, con el objetivo de que Santa Cruz implemente en los ámbitos de representación política la paridad de género en consonancia con la Ley Nacional 27.412 promulgada el 15 de diciembre de 2017.
«La Ley Nacional de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política, marcó un hito en la lucha por la igualdad de género e inauguró una nueva etapa en nuestro país al garantizar el acceso real de las mujeres a espacios de representación provocando un cambio de paradigma en nuestro sistema electoral, donde se incorporó la representación política, logrando efectivizar el principio de igualdad de oportunidades para equiparar a las mujeres en los ámbitos políticos de nuestro país», explicó la diputada caletense.
Las modificaciones que se proponen tienen como precepto respetar la composición del 50 por ciento para cada género, «ubicando de manera intercalada a mujeres y varones, titulares y suplentes, de modo tal que no haya dos candidatos/as del mismo género en forma consecutiva; y en el caso de nóminas impares, la diferencia entre el total de mujeres y varones no podrá ser superior a uno», indicó Liliana Toro.
En nuestro país, las provincias que aplican efectivamente la paridad de género en los ámbitos de representación política con más de un 40% son Catamarca (48,78%), San Luis (53,49%), Mendoza (45,83%), La Pampa (50%), Neuquén (48,57%), Río Negro (45,65%), Chubut (48,15%), Tierra de Fuego (40%), Formosa (46,67%), Misiones (48,65%), Chaco (50%), C.A.B.A. (50%), Santiago del Estero (50%), Corrientes (40%), Santa Fe (48%) y Buenos Aires (46,74%).
Con índices inferiores al 40% de representatividad femenina están Tucumán (18,37%), San Juan (19,44%), Santa Cruz (25%), La Rioja (25%), Entre Ríos (32,35%) y Jujuy (37,50%).
«Santa Cruz se ubica entre las cuatro provincias del País, con menor representación de género Femenino, por lo que urge la necesidad de sancionar esta modificación donde proponemos cambios en las modalidades de presentación de listas», manifestó la Diputada al tiempo que agregó «para Diputados/as por Distrito para garantizar la paridad, «pares de candidatos», asignándoseles al género Masculino los cargos impares (diputados 1ro, 3ro, 5to, 7mo y 9no) y los pares al género Femenino (diputados 2do., 4to, 6to, 8vo y 10mo)».
En el caso de Diputados/as por cada Municipio, se propone «realizar por única vez un sorteo entre las 14 localidades, las siete primeras localidades los candidatos serán del género Masculino en orden titular y suplente. Y las siete localidades restantes las candidatas serán del género Femenino en orden titular y suplente, intercalándose por cada elección en lo sucesivo el género», explicó la legisladora.
Sobre la elección de Concejales/as Municipales, «será idéntico a la modalidad establecida para Diputados por Distrito «pares de candidatos» asegurando la igualdad de género, para la primera elección que se celebre posterior a la entrada en vigencia de la presente ley, la mayoría de sus miembros deberán ser de género femenino (Concejalas 1ro, 3ro, 5to) y para la ciudad Capital de la Provincia (Concejalas 1ro, 3ro, 5to, 7mo), el género masculino (Concejales 2do, 4to) y la ciudad Capital de la Provincia (Concejales 2do, 4to, 6to), debiéndose alternarse esta mayoría para los próximos periodos».
«Este es un proyecto que hemos elaborado con el equipo de trabajo y que vamos a enriquecer durante su paso por las comisiones parlamentarias, nuestro deber como representantes del pueblo a garantizar la representación de manera equitativa y real para mujeres y varones», finalizó.
PROVINCIALES
Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.
La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.
Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.
La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:
“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.
La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.
Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:
“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.
La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.
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