RIO TURBIO
YCRT refuerza la medida de “Parque Cerrado” para todos sus vehículos oficiales

La Coordinación General de Yacimientos Carboníferos Río Turbio recordó que continúa vigente la normativa que obliga a que toda la flota vehicular permanezca dentro de los predios industriales al finalizar la jornada laboral. La disposición busca preservar los bienes de la empresa y optimizar su operatividad.
La Coordinación General de YCRT emitió un comunicado oficial en el que reitera la obligatoriedad de la medida de “Parque Cerrado” para todos los vehículos de la empresa, propiedad de Yacimientos Carboníferos Río Turbio.
Según el documento, los móviles deberán permanecer dentro de los predios industriales una vez finalizada la jornada laboral, sin excepción durante fines de semana, feriados y fuera del horario de trabajo habitual.
La disposición tiene como objetivos centrales preservar los bienes de la empresa, minimizando riesgos de daños o uso indebido, y optimizar los recursos, asegurando que las unidades estén disponibles para su operatividad en todo momento.
Las únicas excepciones contempladas son los vehículos asignados a servicios esenciales o funciones operativas específicas, que deberán contar con la debida autorización de la Coordinación General o de la Intervención.
En el comunicado también se instruye de manera estricta a la Subgerencia de Servicios a implementar esta medida en su totalidad, garantizando que las condiciones operativas y logísticas se ajusten a esta normativa.
El Coordinador General, Dr. Leandro F. Ruggeri, agradeció la colaboración de todo el personal para acatar la disposición, subrayando que el cumplimiento es “fundamental para el funcionamiento y el futuro de nuestra empresa”.
El escrito lleva fecha del 20 de agosto de 2025 en la ciudad de Río Turbio.

RIO TURBIO
La Justicia ratificó los derechos de los trabajadores de YCRT

Fallo judicial en favor de ATE declara la inconstitucionalidad del Decreto 115/25
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) informa que la Justicia Nacional del Trabajo hizo lugar a la demanda presentada por nuestro sindicato contra el Decreto 115/25, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, que pretendía declarar la caducidad del Convenio Colectivo de Trabajo que rige en Yacimiento Carbonífero Río Turbio (CCT 3/75 E).
En su fallo, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°73, a cargo del juez Diego Fernández Madrid, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9 de dicho decreto y ratificó la plena vigencia del convenio colectivo firmado por ATE en representación de los trabajadores mineros.

De esta manera, la Justicia reafirma la validez de la negociación colectiva y la ultraactividad de los convenios, resguardando los derechos fundamentales de los trabajadores de YCRT y de los servicios ferroportuarios vinculados.
Desde ATE celebran este fallo como un triunfo de la organización sindical y de la legalidad democrática, y reiteran el compromiso en la defensa de los derechos laborales en todos los ámbitos institucionales y colectivos.

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