INFO. GENERAL
Secuestraron un meteorito que un hombre quiso ingresar de contrabando al país desde Chile

La Ley 26.306 establece que los objetos celestes que ingresan al territorio argentino son bienes culturales y de importación prohibida.
Agentes de la Aduana secuestraron este fin de semana un meteorito que una persona quiso ingresar de contrabando al país desde Chile. El hombre, un jubilado oriundo de Córdoba, transportaba la roca en su automóvil cuando intentaba atravesar el Paso Internacional Agua Negra, en plena Cordillera de los Andes.
Durante la inspección, los agentes distinguieron que el conductor llevaba una gran cantidad de piedras en el asiento trasero del vehículo con matrícula argentina y le indicaron que era necesario que, por razones fitosanitarias, las descartara para ingresar al país.
Según un comunicado oficial, el argentino accedió al pedido de los oficiales, excepto por una de ellas, de aspecto brillante, que agentes especializados de la Dirección General de Aduanas-AFIP sospecharon que podía tratarse de un bien cultural o patrimonial.
El personal retuvo la roca de 12,5 kilos y 27 centímetros de largo y la enviaron a Buenos Aires para ser analizada por el Servicio Geológico Minero Argentino (Segemar), que concluyó que se trataba de un meteorito.
En su informe, los científicos del Segemar constataron “la presencia de depresiones que corresponden a los regmagliptos formados por la ablación cuando el meteorito penetra en la atmósfera terrestre”.
Además, aseguraron que su composición tenía una proporción de hierro/níquel que no se encuentra en la Tierra, según indicó el comunicado difundido hoy por la Aduana.
“Dado que la Ley 26.306 establece que los meteoritos que ingresan al territorio argentino son bienes culturales, el objeto celeste en cuestión era, definitivamente, de importación prohibida, según indica el Artículo 610 del Código Aduanero”, se especificó.
La medida adoptada, además, se enmarca en la Resolución sobre el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales de la Organización Mundial de Aduanas.
INFO. GENERAL
La Provincia actualiza la normativa de caza deportiva 2025

En este sentido, se retiró al puma, al zorro gris y al zorro colorado de la habilitación para caza deportiva 2025.

La Resolución N°138/2025, emitida el 1 de abril y válida hasta el 31 de agosto del corriente año, por el Consejo Agrario Provincial, excluyó al puma, al zorro gris y al zorro colorado de la lista de especies habilitadas para la caza deportiva en la provincia de Santa Cruz.
Estas tres especies nativas habían estado incluidas durante décadas en las reglamentaciones de caza deportiva. Una revisión técnica actualizada demuestra que los cazadores deportivos, en general, no optan por estas especies. Con esta decisión, se implementa un nuevo enfoque basado en evidencia científica y participación de equipos técnicos especializados.

La resolución actualiza el marco normativo e incorpora nuevos criterios para la evaluación de especies. Además, se avanza en la articulación con organismos de fiscalización para reforzar los controles y garantizar el cumplimiento de la normativa.
El Consejo Agrario Provincial recuerda que la caza deportiva solo está permitida para aquellas especies expresamente habilitadas por la normativa vigente. La caza de especies no autorizadas constituye una infracción.
Ante cualquier hecho de caza ilegal, se solicita a la comunidad realizar la denuncia formal de inmediato en la comisaría más cercana y notificar por Whatsapp a la Dirección de Fauna Consejo Agrario Provincial 2966 279178.
La conservación y el manejo de la fauna es una responsabilidad colectiva. Esta medida representa un paso hacia una gestión más integral, transparente y sostenible del patrimonio natural de Santa Cruz.
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