RIO TURBIO
Río Turbio se prepara para el 9° Encuentro de Danzas Folclóricas Pilmaiquen

Los días 13 y 14 de septiembre, el Centro Cultural Renato Nestiero Maré será el escenario del 9° Encuentro de Danzas Folclóricas Pilmaiquen. El evento comenzará a las 19:00 horas, y las entradas tendrán un valor de $1000.
La Municipalidad de Río Turbio invita a la comunidad a disfrutar del 9° Encuentro de Danzas Folclóricas Pilmaiquen, que se llevará a cabo los días 13 y 14 de septiembre en el Centro Cultural Renato Nestiero Maré. Este esperado evento comenzará a las 19:00 horas ambos días, brindando un espacio para celebrar y difundir las tradiciones folclóricas a través de la danza.
El encuentro contará con la participación de diversos grupos y artistas locales, quienes ofrecerán un espectáculo lleno de cultura y pasión por las raíces argentinas. Las entradas están disponibles por $1000, lo que garantiza el acceso a dos jornadas de música y baile tradicional.
Este evento se ha convertido en una tradición en la ciudad, reuniendo a familias y amantes del folclore para disfrutar de un ambiente festivo y lleno de emociones.
RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
-
PROVINCIALES2 días atrás
YPF: Se retira de Santa Cruz, suma la responsabilidad de remediar los pasivos ambientales generados durante años de operación
-
RIO TURBIO1 día atrás
Pequeñas acciones para vivir grandes momentos
-
PROVINCIALES2 días atrás
Opereta desmontada: El Ministerio de Salud desmiente falsas informaciones
-
PROVINCIALES1 día atrás
El Gobierno de Santa Cruz acompañó la transmisión especial sobre Malvinas realizada por los medios públicos provinciales