RIO TURBIO
Río Turbio homenajea a Veteranos de Malvinas como Huéspedes de Honor

El Intendente Darío Menna declaró a los excombatientes Carlos Marcelo Céliz, Eduardo Raúl Nava, Oscar Giménez y Carlos Daniel Falabella como Huéspedes de Honor en un emotivo reconocimiento a su valentía y sacrificio.

En un acto de profundo significado, el Intendente de Río Turbio, Darío Menna, declaró a los excombatientes de Malvinas Carlos Marcelo Céliz, Eduardo Raúl Nava, Oscar Giménez y Carlos Daniel Falabella como Huéspedes de Honor de la ciudad. Este reconocimiento se realizó en agradecimiento a su valor y sacrificio en defensa de la soberanía nacional durante la Guerra de Malvinas.

La declaración de Huéspedes de Honor resalta la importancia de los excombatientes en la historia de la patria, así como su contribución al legado de valentía y compromiso con la nación. En el marco de este homenaje, el Intendente Menna expresó su agradecimiento por la presencia de los veteranos en la ciudad y destacó el deber de la comunidad de recordar y honrar a quienes lucharon por la defensa de los intereses argentinos.

La ceremonia refuerza el compromiso de Río Turbio de mantener viva la memoria histórica y reconocer a aquellos que han hecho sacrificios significativos en favor de la libertad y la soberanía. Este gesto simboliza la gratitud de la comunidad hacia quienes fueron parte fundamental de un capítulo crucial en la historia argentina.
RIO TURBIO
Rio Turbio: vehículos abandonados en espacios públicos

Desde el municipio local solicitan a través de una circular que deberán retirar de espacios públicos rodados abandonados, sito en Barrio Los Ñires calle 28 de Noviembre, entre 9 de Julio y Comodoro Py.

Por medio de la presente, se informa que los vehículos identificado como abandonado en el espacio público deberá ser retirado en un plazo perentorio de 5 (cinco) días a partir de la fecha de notificación de este comunicado.
En caso de no cumplirse con el retiro dentro del plazo estipulado, se procederá a la retención del rodado conforme a lo establecido en la Ley de Tránsito N° 24.449, Artículo 72, Inciso C5.
Se solicita a los propietarios tomar las medidas necesarias para evitar la aplicación de sanciones adicionales.
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