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title: "Régimen Penal Juvenil: el Gobierno reglamentó la nueva ley y definió cómo será su implementación"
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description: "El Ejecutivo estableció mediante decreto los mecanismos para poner en funcionamiento el nuevo régimen destinado a adolescentes de 14 a 18 años. El Ministerio de Justicia será la autoridad de aplicación y se crearán estructuras específicas para supervisión, coordinación federal y atención de las víctimas."
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date_published: "2026-09-07T11:40:00-03:00"
date_modified: "2026-09-07T11:41:18-03:00"
author_name: "Patagonia Nexo"
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# Régimen Penal Juvenil: el Gobierno reglamentó la nueva ley y definió cómo será su implementación

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El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación del **nuevo Régimen Penal Juvenil**, luego de la entrada en vigencia de la **Ley 27.801**. Las disposiciones fueron formalizadas mediante el **Decreto 875/2026**, publicado en el Boletín Oficial.

El nuevo esquema alcanza a **adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18**, cuando sean imputados por delitos contemplados en el Código Penal o en leyes especiales.

La normativa establece como principales objetivos la **responsabilidad por los hechos cometidos, la educación, la resocialización y la integración social** de los adolescentes alcanzados por el sistema.

**Justicia será la autoridad de aplicación**

Uno de los principales aspectos definidos por la reglamentación es la designación del **Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación** del régimen en el ámbito nacional y federal.

La cartera tendrá a su cargo la implementación y coordinación del nuevo sistema y podrá establecer convenios con **las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, universidades, organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil**.

El objetivo será generar las herramientas necesarias para garantizar el funcionamiento del régimen y coordinar su aplicación entre las distintas instituciones involucradas.

**Crearán un registro de supervisores**

El decreto establece además la creación del **Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil**, integrado por profesionales especializados que tendrán funciones de seguimiento, asistencia y control de los adolescentes sujetos a medidas dentro del nuevo esquema.

Entre las especialidades contempladas se encuentran **educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, adicciones y trabajo social**.

Mientras se conforma el registro definitivo, el Ministerio de Justicia deberá elaborar un **listado provisorio** que podrá ser utilizado por los jueces para seleccionar a los profesionales que intervengan en cada caso.

La primera convocatoria pública para integrar el registro definitivo deberá realizarse dentro de un **plazo máximo de 180 días**.

**Coordinación entre organismos y provincias**

La reglamentación también contempla nuevas estructuras destinadas a coordinar las políticas vinculadas con el régimen.

Por un lado, se conformará el **Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil**, que funcionará como instancia permanente de articulación entre distintas áreas del Gobierno nacional.

La coordinación incluirá cuestiones relacionadas con **seguridad, tratamiento penitenciario, niñez y adolescencia, educación, salud, consumo problemático y medidas socioeducativas**.

Además, se creará una **Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil**, con participación de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. Este espacio tendrá como finalidad armonizar criterios, intercambiar experiencias y facilitar acuerdos entre las distintas jurisdicciones.

**Derechos de las víctimas y registro de reincidencia**

Otro de los puntos contemplados en la reglamentación está relacionado con los **derechos de las víctimas**, incluyendo mecanismos de asistencia especializada y acceso a patrocinio jurídico gratuito, de acuerdo con lo establecido por la ley.

El nuevo esquema también establece procedimientos para remitir información al **Registro Nacional de Reincidencia**, aunque bajo las condiciones de reserva previstas específicamente para los procesos que involucren a adolescentes.

La reglamentación completa así el marco necesario para comenzar a aplicar la **Ley 27.801**, que entró en vigencia el **5 de septiembre** y dejó sin efecto la **Ley 22.278**, normativa que hasta entonces regulaba el régimen penal aplicable a menores de edad.

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