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title: "Desde el lunes cambia el cobro de préstamos: qué podrán hacer bancos y billeteras virtuales"
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description: "A partir del 31 de agosto entrará en vigencia el sistema “Cobro por Transferencia”, una nueva modalidad impulsada por el Banco Central para facilitar el pago de cuotas de determinados créditos. El mecanismo alcanzará a nuevos préstamos y requerirá la autorización previa del cliente."
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date_published: "2026-08-26T11:13:00-03:00"
date_modified: "2026-08-26T11:15:28-03:00"
author_name: "Patagonia Nexo"
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# Desde el lunes cambia el cobro de préstamos: qué podrán hacer bancos y billeteras virtuales

Desde el próximo **lunes 31 de agosto**, bancos, entidades financieras y proveedores no financieros de crédito podrán comenzar a utilizar una nueva herramienta para el cobro de cuotas de préstamos digitales.

![billetera-virtual](/download/multimedia.normal.8ecd760ad6ebc051.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El sistema, denominado **“Cobro por Transferencia”**, permitirá que quien otorgó un crédito pueda cobrar las cuotas desde la cuenta en la que originalmente fueron depositados los fondos, incluso cuando esa cuenta pertenezca a otra entidad.

Uno de los puntos centrales es que **no se tratará de un débito indiscriminado sobre cualquier cuenta bancaria o billetera del usuario**. Para aplicar el mecanismo deberá existir una autorización previa otorgada por el cliente al momento de contratar el nuevo préstamo.

## ¿A quiénes alcanzará?

La modalidad será aplicable a **nuevos créditos**. Al solicitar el financiamiento, el usuario deberá prestar su consentimiento para que las cuotas puedan cobrarse mediante este sistema desde la cuenta elegida para recibir el dinero.

De esta manera, si una persona obtiene un préstamo de una entidad pero solicita que el dinero sea acreditado en una cuenta de otro banco o proveedor de servicios de pago, el acreedor podrá utilizar el nuevo mecanismo para gestionar el cobro desde esa cuenta, dentro de las condiciones establecidas.

## Aviso previo y reintentos

La regulación contempla resguardos para los usuarios. Antes de realizar el débito, la entidad deberá **notificar al cliente con al menos un día de anticipación**.

También existirán límites para los intentos de cobro: además del intento inicial, podrán efectuarse hasta **dos reintentos**, previstos a las 48 y 96 horas posteriores.

Otro aspecto importante es que el usuario podrá **revocar la autorización**, por lo que el consentimiento otorgado para utilizar el mecanismo no será necesariamente permanente.

## Una medida frente al crecimiento de la mora

La puesta en marcha del sistema se produce en un escenario de dificultades para el pago de créditos y busca brindar a bancos y prestamistas una alternativa para mejorar la recuperación de las cuotas.

Sin embargo, la implementación también genera interrogantes dentro del sistema financiero. Entre las observaciones aparece que el mecanismo solamente podrá operar sobre **la cuenta en la que se acreditó originalmente el préstamo**, lo que limitaría su alcance.

Además, determinados fondos disponibles en productos financieros, como cuentas remuneradas, fondos comunes de inversión u operaciones vinculadas al dólar MEP, no quedarían alcanzados de la misma manera por este mecanismo.

Con la entrada en vigencia prevista para el **31 de agosto**, el nuevo sistema comenzará a incorporarse al esquema de cobro de préstamos en Argentina, aunque su aplicación dependerá de las condiciones de cada crédito y, fundamentalmente, de la **autorización previa del usuario**.

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