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title: "SIPGER acordó una recomposición salarial del 16% para el período paritario 2026"
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description: "El incremento fue acordado entre el gremio y las cámaras empresariales. La actualización salarial será aplicada de manera escalonada e incluirá tramos no remunerativos que se incorporarán progresivamente al salario básico."
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date_published: "2026-07-22T12:32:00-03:00"
date_modified: "2026-07-22T12:33:35-03:00"
author_name: "Patagonia Nexo"
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# SIPGER acordó una recomposición salarial del 16% para el período paritario 2026

![Captura de pantalla 2026-07-22 123451](/download/multimedia.normal.aa19f8e81d34e535.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El **Sindicato Petrolero, Gas Privado y Energías Renovables de Santa Cruz (SIPGER)** confirmó la firma de un **nuevo acuerdo paritario** con las cámaras empresariales del sector, mediante el cual se estableció una **recomposición salarial total del 16%** correspondiente al período paritario 2026.

El entendimiento fue alcanzado luego de varias semanas de negociaciones entre las partes y quedó formalizado con la firma de integrantes de la **Comisión Directiva del SIPGER**.

**Cómo se aplicará el aumento**

De acuerdo con lo pactado, la actualización salarial se implementará en diferentes etapas.

El primer tramo comenzará **a partir de julio**, con el pago de una **suma no remunerativa equivalente al 6%**.

Posteriormente, durante **agosto y septiembre**, se incorporará un **4% adicional**, llevando el incremento acumulado al **10%**.

A partir de **octubre**, ese porcentaje pasará a integrar el salario con **carácter remunerativo**, impactando en todos los conceptos correspondientes.

**Nuevos incrementos para el cierre del acuerdo**

El convenio también contempla una **suma no remunerativa del 3%** para los meses de **octubre, noviembre y diciembre**, la cual será incorporada al salario como remunerativa **desde enero de 2027**.

Además, se acordó un **nuevo 3% no remunerativo** para el período comprendido entre **enero y marzo de 2027**, porcentaje que pasará a integrar el salario con carácter remunerativo **a partir de abril de ese año**.

**Habrá revisión antes de finalizar el período**

Las partes también establecieron la realización de **instancias de revisión** antes de la finalización del acuerdo paritario, con el objetivo de **evaluar la evolución de la situación económica** y analizar eventuales medidas destinadas a preservar el **poder adquisitivo de los trabajadores**.

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