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Jornada de Salud Perinatal: Abordajes interdisciplinarios en procesos de duelo temprano

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Esta colaboración interdisciplinaria permitió desarrollar intervenciones conjuntas que brindaron un apoyo integral a las personas que atravesaban estas difíciles situaciones.

En una destacada jornada de salud perinatal, el equipo de Salud Mental se unió a los servicios de cirugía, ginecología y obstetricia para abordar de manera integral los procesos de duelo temprano. Esta colaboración interdisciplinaria permitió desarrollar intervenciones conjuntas que brindaron un apoyo integral a las personas que atravesaban estas difíciles situaciones.

El enfoque interdisciplinario demostró ser fundamental para abordar las complejidades emocionales y psicológicas que acompañan a los procesos de duelo en el ámbito perinatal. Al trabajar de manera conjunta, el equipo de Salud Mental y los profesionales de cirugía, ginecología y obstetricia pudieron ofrecer una atención integral y personalizada a los pacientes y sus familias.

Esta jornada de salud perinatal no solo se centró en el abordaje de los procesos de duelo temprano, sino que también destacó la importancia de la capacitación continua y la articulación constante entre los diferentes servicios y profesionales de la salud. Esto garantiza que se mantenga un nivel óptimo de atención y se brinden herramientas actualizadas y efectivas para acompañar a quienes atraviesan estas situaciones.

El compromiso de trabajar de manera interdisciplinaria en la salud perinatal refleja una preocupación genuina por el bienestar emocional y psicológico de los pacientes y sus familias. Estas iniciativas demuestran que la salud perinatal va más allá de los aspectos físicos y médicos, y se enfoca en brindar un cuidado integral que abarque todas las dimensiones de la experiencia de la maternidad y paternidad.

La jornada de salud perinatal fue un paso importante en el camino hacia una atención más completa y sensible, reafirmando el compromiso de los profesionales de la salud de brindar un acompañamiento integral en momentos de dificultad.


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ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

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“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.

Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.

“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).

Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.

Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga


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