La Cámara Federal dejó sin efecto la cautelar que frenaba la reforma de la Ley de Glaciares

El tribunal de Comodoro Rivadavia revocó la medida dictada por el Juzgado Federal de Río Gallegos y ordenó continuar el proceso bajo las normas de acciones colectivas, al considerar que el fallo original presentaba deficiencias en su fundamentación.
Info. General02/06/2026Patagonia NexoPatagonia Nexo

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La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió dejar sin efecto la medida cautelar que había suspendido la aplicación de la reforma de la Ley Nacional de Glaciares (26.639), revirtiendo así una decisión previa del Juzgado Federal de Río Gallegos.

El tribunal, integrado por los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, entendió que la resolución de primera instancia no contaba con una fundamentación suficiente y presentaba inconsistencias en el análisis jurídico del caso.

Entre los cuestionamientos, los camaristas señalaron que el fallo original no había definido correctamente el tipo de proceso, ni evaluado de manera adecuada la legitimación de quienes impulsaron el amparo, además de basar la existencia de un posible daño en supuestos hipotéticos.

Debate por la reforma ambiental

La causa se originó a partir de una presentación impulsada por el intendente de El Calafate, Javier Belloni, junto a la presidenta del Concejo Deliberante local Celia Barría, el diputado provincial Carlos Alegría y la diputada nacional Ana María Ianni, quienes cuestionaron los cambios introducidos por el Congreso a la normativa.

Los planteos advertían una posible reducción en la protección de los glaciares y del ambiente periglacial, solicitando la suspensión inmediata de la reforma.

Acción colectiva y alcance del fallo

En su resolución, la Cámara sostuvo que el caso debe tramitarse como una acción colectiva vinculada a la protección de un bien ambiental, aunque aclaró que los funcionarios no pueden asumir por sí solos la representación de toda la población de la provincia.

No obstante, reconoció que sí pueden intervenir en carácter de ciudadanos afectados por la cuestión debatida.

Además, el tribunal observó que la sentencia anterior no analizó en profundidad las modificaciones introducidas por la nueva normativa, ni su relación con otras herramientas vigentes de protección ambiental.

Cambios en la normativa

Entre los puntos destacados por la Cámara se mencionan la incorporación de mayores exigencias de evaluación de impacto ambiental, instancias de participación ciudadana y una mayor intervención de las provincias en la definición de áreas protegidas dentro del Inventario Nacional de Glaciares.

Finalmente, el fallo revocó en su totalidad la cautelar, impuso las costas a la parte demandante y ordenó al juzgado de origen adecuar el trámite a las reglas establecidas por la Corte Suprema para procesos colectivos.

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