RIO TURBIO
Aprobaron la transferencia de inmuebles a Rio Turbio

Ley 27703 aprobada por el Senado y Cámara de Diputados de la Nación
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1°- Transfiérase a título gratuito a la municipalidad de Río Turbio, provincia de Santa Cruz, el dominio de los inmuebles propiedad del Estado nacional que se detallan a continuación:
a) Fracción de terreno comprendida entre la Avenida Gendarmería Nacional y las calles Chacabuco, Gendarme Miguel Ángel Román, Presidente Ramón Castillo y Laguna del Desierto, de la localidad de Río Turbio, departamento Güer Aike, provincia de Santa Cruz, compuesta por las siguientes manzanas: 34.200, 34.500, 34.800, 34.900, 35.000, 35.100, 35.200 y 35.300 según Plano de Mensura y División M 14.332, registrado con fecha 28 de enero de 2014, y manzanas 36.800, 36.900, 37.000 y 37.100 según Plano de Mensura, Unificación y División M 14.701;
b) Lote 85, con una superficie de 1.113 ha. 99 a 87 m2, de la localidad de Río Turbio, departamento Güer Aike, provincia de Santa Cruz, según Mensura N° M 0948.
Artículo 2°- Las transferencias que se disponen en el artículo precedente, se efectúan con el cargo de que la beneficiaria destine el inmueble enunciado en el inciso a) del artículo 1° de esta ley, a construcción de viviendas familiares únicas y permanente, establecimiento de zonas comerciales y reserva de espacios verdes; y, el inmueble enunciado en el inciso b) del artículo 1° de la presente, a la ejecución de proyectos de emprendimientos agrícolas, ganaderos y turísticos.
Artículo 3º- Se establece un plazo de diez (10) años para el cumplimiento del cargo dispuesto por el artículo 2º de la presente; vencido el cual, sin que mediare observancia, procederá la retrocesión de dominio de la transferencia de pleno derecho.
Artículo 4º- La totalidad de los gastos que demande el cumplimiento de la presente será de exclusivo cargo de la beneficiaria.
Artículo 5º- El Poder Ejecutivo, dentro de los ciento ochenta (180) días de sancionada la presente ley, adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir los trámites necesarios para el otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio; en el documento en el que se instrumente debe constar explícitamente el cargo establecido en el artículo 2º de esta ley.
Artículo 6º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
RIO TURBIO
Comenzó el Ciclo Lectivo 2025 en el Jardín Maternal «Merceditas» de Río Turbio

La Municipalidad de Río Turbio acompañó el acto protocolar que dio inicio al ciclo lectivo del Jardín Maternal “Merceditas”. Se dio la bienvenida a las familias, niños y niñas que inician una nueva etapa de aprendizaje.

Este lunes se realizó el acto protocolar de inicio del Ciclo Lectivo 2025 en el Jardín Maternal «Merceditas» de Río Turbio. Con gran entusiasmo y emoción, se recibió a las familias, niños y niñas que comienzan una nueva etapa en su desarrollo educativo y personal.

La comunidad educativa del jardín, junto a autoridades de la Municipalidad, participaron del acto que marcó el comienzo de un año cargado de aprendizajes, juegos y experiencias significativas para los más pequeños.

Desde el municipio se expresó un cálido mensaje de bienvenida, destacando el compromiso con la educación desde los primeros años de vida y el acompañamiento constante a las instituciones educativas locales.

El Jardín Maternal «Merceditas» es un espacio fundamental para la contención y el crecimiento integral de los niños y niñas, promoviendo valores, vínculos y aprendizajes que los acompañarán a lo largo de su camino escolar.

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