SOCIEDAD
ANSES dará un bono extra de hasta $35.000: quiénes podrán acceder al beneficio

Para acompañar a ciertos segmentos de individuos, ANSES anunció un bono extra de hasta $35.000 según el plan social que cobren.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzó a sumar distintas ayudas económicas para los individuos que más lo necesitaron tras ser afectados por la pandemia. De esta manera, además del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), se incluyeron distintos bonos extra para los más jóvenes, las familias y los jubilados y pensionados.
Además, en los últimos meses aumentaron algunos planes sociales otorgados por el organismo y también se incrementó el monto abonado en la Tarjeta Alimentar. En este sentido, gran parte de los que reciben un beneficio económico por parte de ANSES, lo hacen por estar adheridos a las distintas asignaciones familiares que ofrece.
De esta manera, ahora este último segmento podrá acceder a un bono extra de hasta 35.000 pesos totales según la situación particular en la que se encuentren y el plan social del que sea beneficiarios. Por lo tanto, uno de los requisitos para obtener el plus será demostrar que el ingreso familiar no supera los $210.278.
Luego, deberán estar cobrando alguno de los planes que ofrece ANSES aunque no todos se incluyen dentro del beneficio. Entre ellos, se encuentran los jubilados y pensionados, trabajadores monotributistas, y aquellas personas que trabajen en relación de dependencia y cobren a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
Además, otros grupos beneficiados por el organismo serán los individuos que cobren la Prestación por Desempleo, también los que cuenten con una Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur y, por último, los que tengan una Pensión No Contributiva por Invalidez o asignación por trasplante.
En cuanto a los montos que serán entregados por el organismo, algunos grupos podrán cobrar hasta $35.000, mientras que en otras situaciones el bono será de 8.000 y 5.000 pesos en total. En este sentido, el dinero específico que abonará la Administración será: $35.312 para la Asignación Familiar por Adopción, $8.841 en el caso de la Asignación Familiar por Matrimonio y $5.904 para la Asignación Familiar por Nacimiento.
RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
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